Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 15 de Febrero de 2017, expediente CCC 049082/2010/TO01/CNC001

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49082/2010/TO1/CNC1 Buenos Aires, 15 de febrero de 2017.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal n°

13, D.. D.L.G., E.J.G. y A.C., juntamente con la Secretaria del Tribunal, Dra. Mónica B.

Lospennato, para dictar sentencia en la causa n° 49082/2010, seguida contra G.A.A. –argentino, nacido el 12 de febrero de 1980, D.N.

  1. n° 27.458.657, soltero, hijo de J.C.A. y J.A.M., con último domicilio en la calle P. 320, de la localidad de M., P.B.A., identificado mediante prontuario policial C.

  2. 15479.699 y prontuario de reincidencia n°

O2130069/Z1/2011-, elevada a esta sede por el delito de robo simple.

Intervienen en la causa el Sr. Fiscal General, D.J.C.C., y la Sra. Defensor Pública Coadyuvante, Dra. C.C..

CONSIDERANDO:

Primero

En el requerimiento de elevación a juicio de fs. 112/113vta., se le imputó a G.A.A. el hecho que a continuación se transcribe:

(…) Se encuentra debidamente acreditado en autos que el día 4 de diciembre de 2010, entre las 3.55 y las 4.35 horas, G.A.A. se apoderó de la suma aproximada de pesos cincuenta ($50) y de una computadora portátil marca Dell que se encontraba en el Fecha de firma: 15/02/2017 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #2536925#171877335#20170215143346198 interior del estudio jurídico contable ‘Manzanres y G.S.’, sito en la calle S. 2731, piso 6 departamento 68 de esta Ciudad.

El imputado fue visto mediante filmaciones de seguridad por el titular del estudio ‘Manzanares y G.S.’, quien las revisó al notar el faltante, pudiendo verse cuando el imputado se encontraba desempeñando labores para la empresa de seguridad ‘Bataan’ e ingresa al departamento mencionado, sin violentar la cerradura, para tomar una computadora portátil, marca Dell, modelo XPS M1530, con disco de 160 GB, pantalla de 15.4 pulgadas, procesador 2.2 GHz Core 2 Duo T7500; y dinero en efectivo que encontró tras forzar diversos cajones de los escritorios, finalmente A. se retiró

del lugar en poder del dinero y el bien antes indicado. (…)

.

Segundo

Prueba:

Se encuentra acreditada la materialidad de los hechos descriptos en el acápite anterior, mediante los elementos probatorios que a continuación se detallan:

- Declaraciones testimoniales de H.M.G.S. (fs. 1/2 y 69), H.N.G. (fs. 43) y P.R. (fs. 45 y 59); - Constancia de emisión de certificado de antecedentes de fs.

4, -Informe confeccionado por la empresa de seguridad BAATAN de fs. 8, Fecha de firma: 15/02/2017 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.B.L., SECRETARIA DE CAMARA #2536925#171877335#20170215143346198 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 49082/2010/TO1/CNC1 - Sobre glosado a fs. 10 que contiene soporte óptico con filmaciones de cámara de seguridad, - Fotocopia de telegrama ley 23.789 de fs. 17, - Actas de allanamiento y secuestro de fs. 44/46 y 58/60, - Informe pericial de fs. 66, - Fotografías de la notebook secuestrada a fs. 67,

Tercero

Indagatoria Llegado el momento de recibírsele declaración indagatoria a G.A.A. –ver fs. 91/92- en relación a los hechos investigados en autos, explicó que el día 4 de diciembre de 2010, hallo abierta la puerta del departamento del estudio jurídico ‘Manzanares y G.S.’...

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