Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 17 de Febrero de 2017, expediente CCC 014138/2010/TO01/CFC001

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 14138/2010/TO1/CFC1 Causa N° 3884 “CASSOLI, P.D. s/ amenazas coactivas agravadas por el empleo de armas en calidad de autor.”

Buenos Aires, 15 de febrero de 2017.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 D.M.E.V.A., en su carácter de P., A.H.P. y L.R.J.S. para dictar sentencia según el procedimiento de la ley 24.825, en la causa N° 3884 seguida contra P.D.C., argentino, titular del DNI N° 22.278.950, nacido el 12 de julio de 1971 en esta ciudad, hijo de J.C.E.C. y de A.R.M., con último domicilio en la calle T.G. 190, C., asistido por la Dra. N.B., titular de la Defensoría Oficial N° 4. En la presente interviene la Dra. M.C. interinamente a cargo de la Fiscalía General N° 1.

Fecha de firma: 17/02/2017 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #2540166#166860793#20170217093758607 Y CONSIDERANDO:

  1. El Sr. Fiscal de Instrucción, Dr.

    P.G.R., en el requerimiento de fs. 77/80, requirió la elevación de la presente causa a juicio contra P.D.C., a quien endilgó ser autor penalmente responsable del delito de amenazas coactivas agravadas por el empleo de armas, en calidad de autor (art. 45 y 149 tern inc. 1° del C.P.).

    II.-La Dra. M.C. solicitó

    que se imprima a este proceso la vía abreviada regulada por el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, acompañando el acta de acuerdo, de conformidad con lo que dispone el inciso 2° del artículo mencionado (cfr. fs. 201).

    Como se desprende de dicha pieza, la Dra. B. y su asistido acordaron proseguir este proceso mediante el trámite de juicio abreviado, aceptando tanto la realidad fáctica del hecho atribuido en el requerimiento de elevación a juicio, como la intervención del procesado y el juicio de Fecha de firma: 17/02/2017 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #2540166#166860793#20170217093758607 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 14138/2010/TO1/CFC1 tipicidad emitido por la Señora Fiscal General en el acuerdo, esto es amenazas coactivas agravadas por el uso de armas en calidad de coautor. (arts. 45, 149 ter. inc. 1° del C.P.)

    Asimismo, solicitó que se imponga a C. la pena de tres años de prisión en suspenso y costas, por ser autor penalmente responsable del delito señalado y al pago de las costas, debiéndoselo declarar reincidente (arts. 26, 27, 29 inc. 3, 40, 41, 45, y 530 y 531 del C.P.P.N.).

  2. Ajustándose el acuerdo presentado a lo que dispone el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, quedó la causa en condiciones de recibir sentencia.

  3. Materialidad:

    La prueba allegada al sumario autoriza a tener por acreditado que en el marco de una situación relacional familiar de violencia, el 21 de abril de 2010 P.D.C. profirió

    distintas frases amenazantes a su madre A.R.M., a su padre J.C.E.C. y a Fecha de firma: 17/02/2017 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #2540166#166860793#20170217093758607 su hermano L.R.C., con objeto de que aquellos le entregaran dinero y/o alimentos.

    En este sentido a su madre le refirió

    por teléfono “que si no le daba plata y comida, que se cuidara, porque iba a venir a pegarle a ella, a su padre y a su tío, que iba a hacer destrozos y que si su hermano se metía le iba a poner una apuñalada o le iba a dar un tiro, vos sabes que no soy ningún gil, vos sabes con la gente que ando.” Como su madre no accedió a su pedido el imputado, en el mismo día se hizo presente en el inmueble sito en la calle I. 6623 de esta ciudad y le refirió

    nuevamente que “los iba a matar a todos, que si no le daban plata los iba a matar a todos.”

    A su vez, al escuchar las amenazas J.C.E.C., le dijo a su hijo “que buscara un trabajo, que no molestara más”, por lo que el imputado empezó a patear el portón del garage y ante ello, su hermano L.C. egresó de la vivienda y comenzó a correr al imputado, siendo que en un momento determinado éste sacó un cuchillo de 30 cm. y le gritó “va a haber tiros, va a haber tiros”.

    Fecha de firma: 17/02/2017 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #2540166#166860793#20170217093758607 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 14138/2010/TO1/CFC1 Por último, reiteró los llamados a su madre dejándole varios mensajes de voz, “estás usando el teléfono para llamar a tu hijita divina, a ésa le voy a poner un tiro en la cabeza, a ése pendejo de m… que tenés como hijo, ahora le voy a enseñar un poco de respeto, y si no, no camina nunca más en el barrio, ¿entendés?... A mi nadie me sale a ladrar, ni nadie me cierra la puerta de mi casa… Tu hijo es chetaje, porque labura en la municipalidad y lastimado no puede ir, en donde lo cruce, le voy a romper todo, ¿te quedó claro?... Lo voy a romper todo, a él, a tu marido y a todos los que se metan…

    ¿Escuchame gorda, qué onda?... No se la aguanta tu hijito, lo estoy esperando en casa, dale que venga o querés que lo vaya a buscar a papá, ahora en la parada, le pego un par de cachetazos para que aprenda a respetar al mayor elegido, te doy cinco minutos”, para luego cortar la comunicación.

    Corrobora dicha imputación en primer término la declaración de L.R.C. quien refrió: “que el día del hecho, siendo aproximadamente las 19:30 horas, se encontraba en su casa, junto a su madre, A.R.M., su tío Fecha de firma: 17/02/2017 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #2540166#166860793#20170217093758607 B.R.M. y su padre J.C.E. cassoli, cuando recibió un llamado telefónico de parte de su hermano, en el cual fue atendido por su madre y éste le refirió “que le de plata y comida (sic)” a lo que ésta le respondió “vení a buscar el pan o mandá a los chicos a buscarlo, pero plata no te voy a dar.” Explica que su hermano tiene 39 años, es alcohólico y consume drogas, que no tiene trabajo y que hace aproximadamente seis meses viene exigiéndole a su madre dinero y plata, la cual utiliza para comprar alcohol y drogas. Continuando con su relato refiere que a los pocos minutos se presentó su hermano, motivo por el cual su madre abrió el portón y le entregó el pan. Dice que escuchó a su hermano discutir con su madre a los gritos, por lo que, intervino su padre y le refirió

    flaco, buscate un laburo y déjate de joder (sic)

    para luego su madre cerrar el portón e ingresar al interior de la vivienda. Seguidamente comenzó a escuchar ruidos de como si estuvieran golpeando el portón, por lo que el compareciente salió

    inmediatamente al exterior y allí observó a su hermano que pateaba el portón. Luego al notar que Fecha de firma: 17/02/2017 Firmado por: A.H.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.J.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.A., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.S.M., SECRETARIO DE CAMARA #2540166#166860793#20170217093758607 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 14138/2010/TO1/CFC1 éste lo había roto, comenzó a correrlo unos 30 mts.

    Momento en el que observó que regresaba de trabajar su esposa, comenzó a gritarle para que ésta se apurara y vaya a donde se encontraba el dicente.

    Dice que el encartado, una vez que pasó a su esposa se dio vuelta, extrajo un chuchillo de su cintura, alzó sus manos y comenzó a gritar “va a haber tiros, va a haber tiros” (sic). Refiere que tiene temor por lo que aquél le puede hacer a sus hijos ya que estos...

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