Expediente nº 8452/11 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 24 de Noviembre de 2011

Fecha24 Noviembre 2011
Número de expediente8452/11

Ministerio Público - Asesoría General Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ Incidente de nulidad en autos R., M.M. y otros s/ infr. art(s) 181 inc. 1 - CP

Expte. n° 8452/11 "Ministerio Público -Asesoría General Tutelar de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Incidente de nulidad en autos: 'R., M.M. y otros s/ infr. art(s) 181 inc. 1 -CP-'"

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2011

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. La Asesoría General interpuso queja contra el pronunciamiento de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, C. y de Faltas que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad agregado a fs. 45/57. Ese remedio procesal fue deducido, a su turno, contra la resolución mediante la cual el tribunal a quo había rechazado in limine la apelación interpuesta contra la decisión de primera instancia que había dispuesto declarar abstractos los planteos de nulidad "del trámite de la cuestión incidental suscitada por el pedido de desalojo de los ocupantes del inmueble ubicado en la calle Nogoyá 5889" (fs. 25/27) y de vencimiento del plazo de duración de la investigación penal preparatoria (fs. 28/31), efectuados por la Asesoría Tutelar. Tanto el magistrado de primera instancia, como sus colegas de la Cámara, fundaron sus decisiones en la falta de legitimación del Ministerio Público Tutelar para intervenir en el caso.

  1. La Asesoría, en su recurso de queja, solicitó "[s]e ordene la suspensión del curso del proceso incidental de desalojo" (fs. 72, vuelta).

    La petición fue puesta a consideración del Tribunal (fs. 74, punto 2).

    Fundamentos:

    La jueza A.E.C.R. dijo:

  2. La cuestión a decidir en esta oportunidad se limita a la solicitud formulada por la Asesoría General Tutelar respecto del efecto suspensivo del recurso de queja. En este sentido, tal como sostuve al votar en "Ministerio Público -Defensoría General de la Ciudad de Buenos Aires- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'R., M.M. y otros s/ art(s) 181 inc. 1 -CP- Inconstitucionalidad'", expte. nº 8254, resolución del 07/09/11, estimo procedente la petición, más aún cuando la recurrente aporta elementos que permiten acreditar la urgencia de la solicitud efectuada (fs. 64).

  3. Sin embargo, y en atención al voto mayoritario de mis colegas, es oportuno hacer remisión a los argumentos que desarrollé en el precedente ...

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