Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 28 de Febrero de 2013, expediente 63.520

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2013

"C'.'-"''''''''

~¡~:I

. llJ'>ok~dekGVVaciM

R~cf¡§~~'~~O

~~~F?L~Año~?r I"ASENSIO, R.D.S.ÓN LEY 22.415". CN° 988/2012. J.N.P.E. N° 2, S. N° 3.

(CAUSA N° 63.520. ORDEN N° 24.910. SALA "B").

Buenos Aires, 28 de febrero de 2013.

VISTO:

El recurso de casación interpuesto por la defensa oficial de R.D.A. a fs. 141/150 vía. contra la resolución de fs.

127/128 vía., por la cual esta Sala "B" revocó la decisión del señor juez "a quo" por la cual se había dispuesto reintegrar la totalidad del dinero secuestrado al nombrado (confr. R.. N° 780/12).

y CONSIDERANDO:

.J Los señores Jueces de cámara Dres. R.E. «

-

() HORNOS y M.A.G. expresaron:

-

u.

O

O 1°) Que, por la lectura del recurso de casación interpuesto se en :J advierte que no se ha dado cumplimiento al requisito de fundamentación (o crítica) suficiente requerido para la procedencia formal de aquél (confr.

C.F.C.P., Sala 1, Reg. N° 9.922 del 12/12/06, en causa "VILLAGRA,

F.N. s/recurso de queja").

En este sentido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que para satisfacer el requisito de fundamentación del escrito presentado " ...éste debe contener una crítica prolija de la sentencia impugnada. o sea que el recurrente debe rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el juez para arribar a las conclusiones que lo agravian, a cuyo efecto no alcanza sostener un criterio interpretativo distinto del seguido en elfallo ... " (Fallos 327:4622, cit. por la C.F.C.P., S.I., en el Reg. N° 10.075 "BELLO, A.J. s/recurso de casación"), circunstancia que no se verifica en el presente caso.

  1. ) Que, por otra parte, la defensa oficial de R.D.A. motivó el recurso de casación interpuesto en las previsiones del arto 456 inc. 2° del C.P.P .N.

  2. ) Que, si bien el recurrente invocó la inobservancia de la ley procesal (art. 456, inc. 2° del C.P.P.N.), con el examen de los fundamentos del rtcurso deducido se pone de manifiesto la pretensión de la defensa oficial de R.D.A. de generar un nuevo examen crítico de la cuestión r~suelta por este Tribunal por el pronunciamiento del Reg. N° 780/12 de esta Sala "B", lo cual implicaría, en la hipótesis en que aquellas pretensiones tuviesen una recepción favorable, convertir a la instancia de casación en otra instancia de apelación ordinaria y soslayar el carácter limitado, extraordinario y excepcional que tiene la impugnación deducida (confr. R.. Nos. 459/03,

59/04,426/04, 1023/04 Y 20/2010, entre otros, de esta Sala "B").

El señor juez de cámara...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR