Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 7, 29 de Noviembre de 2013, expediente 32318/11

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2013
EmisorSala 7

Poder Judicial de la Nación 32.318/2011

SENTENCIA DEFINITIVA Nº46110

CAUSA Nº 32.318/2011 - SALA VII - JUZGADO Nº 44

En la ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de noviembre de 2013, para dictar sentencia en los autos : “ARTAZA

SERGIO OMAR C/ AMERICAN GUARD S.R.L. Y OTRO S/ DESPIDO”

se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. A fs. 6/15 se presenta el actor e inicia demanda contra AMERICAN GUARD S.R.L. y contra CONSORCIO DE

    PROPIETARIOS DEL EDIFICIO ALICIA MOREAU DE JUSTO 1100/88, en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.-

    Aduce que comenzó a trabajar en octubre de 1999

    en la empresa POL PRI SRL cumpliendo tareas de vigilancia en el edificio del consorcio demandado, realizándolo hasta agosto de 2003 en que fue obligado a renunciar para pasar a otra empresa contratada por ellos que es American Guard S.R.L.-

    Explica las características y condiciones en que se desarrolló el vínculo así como también las irregularidades e incumplimientos en que incurriera su empleadora lo que diera origen a sus constantes reclamos que luego decidió documentar telegráficamente.-

    Afirma que ante el resultado negativo de sus requerimientos decidió colocarse en situación de despido indirecto.-

    Viene a reclamar las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral, solicitando la responsabilidad solidaria de ambas demandadas.-

    A fs. 23/31vta. responde CONSORCIO DE

    COPROPIETARIOS DEL EDIFICIO AVENIDA ALICIA MOREAU DE JUSTO

    1100/04/10/18/20/30/40/48/50/58/60/70/78/80/86/88, ESQUINA AZUCENA

    VILLAFLOR S/N Y CALLE JUANA MANUELA GORRITI Nº 1109/31/41/61/71/87

    y a fs. 52/54 lo hace AMERICAN GUARD S.R.L.-

    Ambas, cada una desde su óptica, desconocen los derechos invocados por el actor.-

    La sentencia de primera instancia obra a fs.

    257/259vta. en la que el “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio obrantes en el expediente decide en sentido favorable a las pretensiones del actor pero sólo condena a AMERICAN GUARD

    S.R.L.-

    Los recursos que analizaré llegan interpuestos por la parte demandada AMERICAN GUARD (fs. 263/264vta.) y por el actor (fs. 265/272vta.). También hay apelación del Sr. perito contador quien considera reducidos sus honorarios (fs. 262).-

  2. Llega fuera de discusión que el distracto se produjo por decisión de la demandada, quien fue el primero en el tiempo que comunicó la ruptura con fecha 3 de mayo de 2011,

    mediante invocación de abandono de trabajo en los términos del art. 244 de la L.C.T.-

    Ahora bien, la apelante insiste en su tesitura inicial de que el actor incurrió en abandono y por tanto le agravia la conclusión a la que ha arribado el “a-quo” al descartar su planteo.-

    A mi juicio el “a-quo” ha hecho un claro análisis de los elementos fácticos y jurídicos de la causa y no veo en el escrito de recurso –cuyo contenido resulta por demás genérico-

    datos o argumentos que resulten eficaces para revertir el fallo.-

    Ahora bien, sabido es que producido el despido...

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