Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 31 de Marzo de 2016, expediente FCB 018272/2015/CA001

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2016
EmisorSala B

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS : “ARRIETA, G.G. Y OTROS C/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - VARIOS ”

En la Ciudad de Córdoba a treinta y ún días del mes de marzo del año dos mil dieciséis , reunida en Acuerdo la Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

ARRIETA, G.G. Y OTROS C/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO -

VARIOS

(Expte. N° 18272/2015/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal para decidir sobre la admisibilidad formal del recurso judicial planteado por G.G.A., O.F.B., J.E.C., C.F.N.C., V.D.F., J.A.C. y L.E.P. (fs. 3/11vta.).

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el sigu iente orden: L.R. RUEDA – A.G.S. TORRES.-

El señor Juez de Cámara, doctor L.R.R., dijo:

I.- Las presentes actuaciones vienen a estudio de este Tribunal para decidir sobre la admisibilidad formal del recurso judicial planteado por G.G.A., O.F.B., J.E.C., C.F.N.C., V.D.F., J.A.C. y L.E.P. (fs. 3/11vta.).

Dicho recurso tiene por objeto se declare la nulidad de la Resoluciones Rectorales Nº 260/14, 968/14 y Resolución Vicerrectoral Nº 38/15 dictadas por la Universidad Nacional de Río IV, en virtud de las cuales se dispone asignar a la agente no docente E.M.C. en la categoría 1 en el agrupamiento administrativo de acuerdo al Decreto 366/06, como consecuencia del pronunciamiento judicial emanado por la Cámara Federal de Córdoba (Sala “A”, Sentencia Nº 260 de fecha 17/9/12).

Corrida vista al señor F. General a los fines que se expida acerca de la procedencia y competencia del Tribunal, a Fecha de firma: 31/03/2016 fs. 33/34 se pronuncia en el sentido que si bien la Justicia Federal es Firmado por: A.G.S.T., competente, sin embargo al Firmado por: L.R.R., Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA ser los accionantes agentes no docentes de la #26873396#149815928#20160331120123324 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B AUTOS : “ARRIETA, G.G. Y OTROS C/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - VARIOS ”

Universidad, la presente acción deberá reencauzarse y tramitarse en la instancia inferior, de acuerdo a los precedentes de este Tribunal “F., J. c/ Universidad Nacional de...

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