El derecho de arrepentimiento en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor

AutorMaría Victoria Mutiliengo
Páginas59-79
EL DERECHO DE ARREPENTIMIENTO EN LA LEY 24.240
DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
MARÍA VICTORIA MUTILIENGO
Sumario: 1. Ubicación del derecho de arrepentimiento en la ley 24.240
de Defensa al Consumidor. 1.1. Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, sus
modificatorias y el Decreto Reglamentario 1798/94. 1.2. Las llamadas “opera-
ciones domiciliarias o a distancia”. 1.3. La afectación de la fuerza vinculante
del contrato: el derecho de arrepentimiento. 2. Su prevención normativa. El qué
y el cómo del derecho de arrepentimiento. 2.1. Naturaleza jurídica. 2.2 Una
versión de un derecho sin límites. 2.3. Plazo para su ejercicio. 3. Derecho de
arrepentimiento y deber de información. 3.1. Un derecho transversal en la Ley
de Defensa del Consumidor. 3.2. Obligación de informar “el derecho de arre-
pentimiento”. Su instrumentación. 3.3. Consecuencias de su incumplmiento. 4.
Efectos jurídicos de su ejercicio. 4.1. Exteriorización eficaz. 4.2. Causal
resolutoria. 4.3. Contratos que tienen por objeto cosas. 4.4. Contratos que tie-
nen por objeto servicios.
1. Ubicación del derecho de arrepentimiento en la Ley 24.240
de Defensa al Consumidor
1.1. La Ley de Defensa del Consumidor 24.240 y sus modificatorias
En el mes de octubre de 1993 el Congreso de la Nación Argentina sancionó
la Ley 24.240 de “Defensa del Consumidor”1, consagrando a favor de los consu-
midores y usuarios una serie de derechos de gran importancia, lo cual significó
el comienzo de una nueva relación jurídica que –fuera de los formatos imperantes
del Derecho común– importó la patentización de una labor doctrinaria que venía
plasmándose en autorizadas recomendaciones vertidas en Congresos y Jornadas
llevadas a cabo en el país.
Si bien el veto del Poder Ejecutivo dispuesto por medio del decreto 2089/93
importó la neutralización de figuras de trascendencia en orden a la defensa de los
derechos de la “parte débil”, la reforna constitucional de 1994 jugó un papel
significativo al incorporar bajo el título de “Nuevos Derechos y Garantías” el
art. 42 de la CN2, que bregó por la defensa de los derechos de los consumidores
1Adla, LIII-D, 4125.
2Art. 42: “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación
de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información
60 MARÍA VICTORIA MUTILIENGO
y usuarios dentro del marco de una “relación de consumo”, apartándose de la
clásica tendencia “contractualista”.
Actualmente, nuestro régimen en materia de derecho de consumo se en-
cuentra constituido, bajo los lineamientos de la norma constitucional (art. 42,
CN), por las leyes 24.240, 24.568, 24.787, 24.999 y por el Decreto Reglamenta-
rio 1798/943; que lejos de constituir un proceso acabado, se convierte en una
búsqueda –interna y externa– que permite instrumentar de modo más efectivo la
defensa de los derechos por ellas amparados.
Frente a este panorama nos adentramos en el estudio de una de sus más
novedosas consagraciones.
1.2. Las llamadas “operaciones domiciliarias o a distancia”
Bajo el título “Por la venta domiciliaria, por correspondencia y otras”, el
Capítulo VII de la Ley 24.240, comprende los artículos 32, 33, 34 y 354, con las
correspondientes reglamentaciones del Decreto 1798/94.
adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. Las
autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la
defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, el control de los
monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la
constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios. La legislación establecerá
procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de
los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las
asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de
control”.
3“Protección y defensa de los consumidores. Régimen. Reglamentación”, del 13/10/1994,
publicado el 18/10/1994.
4Art. 32: “Venta domiciliaria. Es aquella propuesta de venta de una cosa o prestación
de un servicio efectuada al consumidor en el lugar donde reside, en forma permanente o transitoria
o en su lugar de trabajo. En ella el contrato debe ser celebrado por escrito y con las precisiones
del art. 10”.
Art. 33: “Venta por correspondencia y otras. Es aquella en que la propuesta se efectúa
por medio postal, telecomunicaciones, electrónica o similar y la respuesta a la misma se realiza
por iguales medios. No se permitirá la publicación postal como domicilio”.
Art. 34: “Revocación de la aceptación. En los casos de los artículos 32 y 33, el
consumidor tiene el derecho a revocar la aceptación durante el plazo de 5 (cinco) días corridos,
contados a partir de la fecha en que se entregue la cosa o se celebre el contrato, lo último que
ocurra, sin responsabilidad alguna. Esta facultad no puede ser dispensada ni renunciada. El
vendedor debe informar por escrito al consumidor de esta facultad de revocación en todo documento
que, con motivo de venta le sea presentado al consumidor. Tal información debe ser incluida en
forma clara y notoria. El consumidor debe poner la cosa a disposición del vendedor y los gastos
de devolución son por cuenta de este último”.
Art. 35: “Prohibición. Queda prohibida la realización de propuesta al consumidor, por
cualquier tipo de medio, sobre una cosa o servicio que no haya sido requerido previamente y que
genere un cargo automático en cualquier sistema de débito, que obligue al consumidor a
manifestarse por la negativa para que dicho cargo no se efectivice. Si con la oferta se envió una
cosa, el receptor no está obligado a conservarla ni a restituirla al remitente aunque la restitución
pueda ser realizada libre de gastos”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR