Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 1, 17 de Septiembre de 2013, expediente 4731/12

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2013
EmisorSala 1

Poder Judicial de la Nación Causa nro. 4.731/12

SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 64562 CAUSA NRO. 4.731/12

AUTOS: “ARMAS ARIEL OSMAR C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/

ACCIDENTE-LEY ESPECIAL”

JUZGADO NRO 17 SALA I

Buenos Aires, 17 de SEPTIEMBRE de 2013.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs.149 apela por altos los honorarios regulados al perito médico a fs. 145.

Y CONSIDERANDO:

El mérito, eficacia y la extensión de los trabajos realizados, el monto conciliado,

las facultades conferidas al Tribunal por el art.38 L.O., arts. 6, 7, 8 y 19 de la ley 21839 y las normas arancelarias de aplicación, lucen adecuados los honorarios fijados al perito médico, por lo que corresponde mantenerlos .

Por todo ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar los honorarios apelados.

R., notifíquese, comuníquese el presente pronunciamiento (art. 4

Acordada CSJN Nº 15/13) y devuélvase.

Ante mí:

E.I.R.P. de Cámara En de de , se dispone el libramiento de cédulas. Conste.

E.I.R.P. de Cámara Poder Judicial de la Nación Causa nro. 4.731/12

Fs. 169/170 Monto conciliado $1500

Fs. 170 regulan al p.médico : $1300 (Es un 4% del monto reclamado)

Fs. 170 regulan al perito contador $1200 (Es un 3,5% del monto reclamado)

Fs. 6 Monto reclamado $34.344

La pericia del perito médico dice que no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR