Expte N° 14151 - Armando Edmundo Juan S/pedido de Quiebra (hoy Quiebra) - Se Decreto la Quiebra de Edmundo Juan Armando.

Fecha de publicación27 Noviembre 2008
Fecha de disposición27 Noviembre 2008
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31541

Jorge Pablo Huarte, secretario federal.

e. 21/11/2008 Nº 585.755 v. 27/11/2008 El Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 3 de Mar del Plata a cargo en subrogancia legal del Dr. Rodolfo A. Pradas, Secretaría Penal nro. 8, sito en calle Bolívar 1052 de esta ciudad,

Pcia. de Buenos Aires, en autos Nº 4969, caratulados: 'COCCIOLO, JSE LUIS S/ INF. ART. 282

C.P.' cita y emplaza a JOSE LUIS COCCIOLO, argentino, D.N.I. Nº 21.472.766, hijo de Adolfo y de Alicia Elena Margarita Valles, para que comparezca a estar a derecho y cumplimentar con la declaración indagatoria a tenor del art. 294 del C.P.P.N., por el delito previsto y reprimido por el art. 282 en concurso ideal con el art. 172 del Código Penal --expedición de moneda en curso legal en la República Argentina en concurso ideal con estafa--, ante este Tribunal en el término de cinco días.

Mar del Plata, 12 de noviembre de 2008.

Jorge Pablo Huarte, secretario federal.

e. 21/11/2008 Nº 585.754 v. 27/11/2008 JUZGADO DE 1A INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 4

SECRETARIA NRO. 4

PARANA-ENTRE RIOS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, a cargo de Dra. Alicia Cecilia OLALLA, Secretaría Nº 4, a cargo de la suscripta, en autos'ARMANDO Edmundo Juan S/ Pedido de Quiebra (Hoy QUIEBRA)', expte. Nº 14151, hace saber que en fecha 19/09/06 se ha decretado la quiebra de EDMUNDO JUAN ARMANDO, con domicilio en Gualeguaychú Nº 139, 7mo. 'C' de Paraná, M.I. 8.636.081, con Los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante el síndico Cra. Adriana Mabel SCHULZ, en San Martín Nº 360 de esta ciudad, hasta el 12/02/09.

CERTIFICO que el edicto que antecede deberá publicarse por cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos, de la Provincia de Santa Fe, de la Provincia de Córdoba y en el de la Nación, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 ley 24.522).

Paraná, 13 de noviembre de 2008.

Silvina M. Lanzi, secretaria suplente.

e. 26/11/2008 Nº 585.851 v. 02/12/2008 JUZGADOS NACIONALES EN LO CRIMINAL DE INSTRUCCION Se cita y emplaza por el término de días que en cada caso se detalla a partir de la publicación de la presente para que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo serán declarados rebeldes en las causas que se les sigue por infracción a los artículos del Código Penal en los Juzgados en lo CRIMINAL DE INSTRUCCION que seguidamente se discriminan a las siguientes...

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