Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 7 de Septiembre de 2005, expediente P 80721

PresidenteGenoud-Roncoroni-Negri-Hitters-Pettigiani
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 7 de setiembre de 2005, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresG., R., N., H., P.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 80.721, ". ,B.I. . Violación calificada".

A N T E C E D E N T E S

La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Lomas de Zamora -en lo que interesa destacar- condenó aB.I.A. a la pena de ocho años de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de violación calificada por el vínculo.

El señor Defensor Oficial interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar las siguientes

C U E S T I O N E S

  1. ) ¿Debe anularse de oficio la sentencia recurrida?

    En caso negativo:

  2. ) ¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto?

    V O T A C I O N

    A la primera cuestión planteada, el señor J.d.G. dijo:

    Coincido con el señor S. General en que corresponde anular de oficio el pronunciamiento recurrido.

    Entre otros agravios formulados al apelar la sentencia de primera instancia, el recurrente incluyó el de la prueba (a su juicio inexistente) del cuerpo del delito (ver fs. 233/240). No obstante ello, la propia sentencia ahora recurrida señaló que la defensa, en ambos casos (se refiere a los hechos I y II) cuestionó "..la prueba de la autoría.." (v. fs. 249 vta.).

    De tal modo, el primer votante se limitó a abordar el tratamiento de la plena prueba presuncional de la autoría del acusado en el cuestionado hecho I.

    Tras esta aserción, el votante pasó a enumerar los indicios (a, b y c) -fs. 250- por los cuales tuvo por demostrado el extremo de la autoría responsable, sin hacer alusión alguna referida a la prueba del cuerpo del delito. Los demás votantes adhirieron al primer voto. De tal modo, se omitió el tratamiento del cuerpo del delito, sin tratar la objeción formulada en el recurso antes citado, ni siquiera remitir a la sentencia de primera instancia.

    Como bien lo recuerda el señor S. General, la apelación formulaba objeción a la evaluación de la prueba del acceso carnal, cuestión atinente al cuerpo del delito, y la alzada...

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