ARGENTA
Fecha de publicación | 03 Diciembre 2013 |
Fecha de disposición | 03 Diciembre 2013 |
Sección | Segunda Sección - Sociedades |
Número de Gaceta | 32777 |
ARGENTA
SOCIEDAD ANONIMA
Esc 801, del 21/11/2013, Reg 2084, CABA. Constituyen: “ARGENTA S.A.” SOCIOS: Santiago FILGUEIRA, DNI 16.225.527, empresario, nacido 16/12/962; Claudio Alejandro BEHR, DNI 14.391521, agente de bolsa, nacido 1/4/1961; José Ignacio RODRIGUEZ ZAMBONI, DNI 13.211.245 agente de bolsa, nacido 14/7/1957; y César Pío FILGUEIRA RISSO, DNI 12.949.523, operador bursátil, nacido 27/4//1959. Todos argentinos, casados y domiciliados en 25 de Mayo 356 piso 4º, C.A.B.A. OBJETO: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: a) COMERCIALES: I.- De Agente de Negociación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores. II.- De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes. III.- De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, como así también prestar el mencionado servicio de...
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