Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Agosto de 2003, expediente P 66381

PresidenteKogan-Soria-Roncoroni-Hitters-de Lázzari
Fecha de Resolución20 de Agosto de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 20 de agosto de dos mil tres, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresK., S., R., H., de L.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 66.381, “., R.A.. Robo calificado en grado de tentativa”.

A N T E C E D E N T E S

La Sala I de la Excma. Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de San Martín condenó a R.A.A. a la pena única de ocho años de prisión, accesorias legales y costas comprensiva de la de seis años de prisión, accesorias legales y costas por ser autor responsable del delito de robo calificado por el uso de armas en grado de tentativa impuesta en la presente y de la de siete años de prisión, accesorias legales y costas que le fuera impuesta con fecha 20 de junio de 1991 en causa nro. 21.007 (nro. 1944 de la Sala III) que tramitara por ante el juzgado en lo Criminal y Correccional nro. 7 de San Isidro, por los delitos de robo calificado por el empleo de armas reiterado -dos hechos-.

La señora Defensora Oficial del procesado interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, la señora J. doctora K. dijo:

  1. ) El 21 de noviembre de 1996 la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de San Martín condenó a R.A.A. a la pena única de ocho años de prisión, accesorias legales y costas comprensiva de la de seis años de prisión, accesorias legales y costas por ser autor del delito de tentativa de robo calificado por el uso de armas impuesta en la presente y de la de siete años de prisión, accesorias legales y costas que le fue impuesta con fecha 20 de junio de 1991 en causa nro. 21.007 (nro. 1944 de la Sala III) que tramitó por ante el juzgado en lo Criminal y Correccional nro. 7 de San Isidro, por los delitos de robo calificado por el empleo de armas reiterado -dos hechos- (fs. 224/229).

  2. ) Contra esa decisión la señora Defensora Oficial interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 237/242)...

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