ARGAÑARAZ, JOAQUIN ANDRES c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO LIDERAR S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Fecha21 Noviembre 2017
Número de expedienteCNT 051437/2013/CA001
Número de registro192047457

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 51437/2013/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA. 80927 AUTOS: “ARGAÑARAZ, J.A. C/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO LIDERAR S.A. S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL ”-

(JUZG. Nº 13).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 21 días del mes de noviembre de 2017 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente; y LA DOCTORA G.E.M. dijo:

  1. - Contra la sentencia definitiva de fs. 149/152, se alza la parte demandada a tenor del memorial obrante a fs. 153/157, que mereciera réplica de su contraparte a fs.

    162/164. Asimismo, la parte demandada (fs. 156 vta.) cuestiona la regulación de honorarios dispuesta en la instancia de grado.

  2. - Recurre la demandada porque la jueza de primera instancia reconoce un 20%

    de porcentaje de incapacidad, a su entender, con un pronunciamiento dogmático sobre la base de las manifestaciones del P.M..

    La parte demandada se agravia por una errónea valoración de la prueba médica porque –en su tesis- la jueza de grado “se limita a expresar en forma superficial el supuesto resultado de la prueba, sin efectuar un detenido análisis de la misma conforma el principio de la sana crítica racional”.

    Entiendo que no le asiste razón al apelante, ya que el juez de primera instancia a fs. 149 vta./150 concluye expresamente y citando las conclusiones médicas del perito designado que: “la mano derecha presenta trofismo conservado, cicatriz de cirugía, que tiene movilidad activa y pasiva de la muñeca flexión dorsal 0º a 20º, desviación radial 0º a 10º, desviación cubital 0º a 10º, fuerza de prensión disminuida con relación a la mano izquierda, que tiene movilidad en todos los dedos de la mano sin limitaciones, que el informe de la radiografía realizada a A. revela elementos de osteosíntesis a nivel del hueso escafoides, que se valoraron con antecedentes traumáticos/quirúrgicos (…) por el accidente con su secuela dolorosa, el temor acerca del futuro, el hecho de no poder realizar tareas de esfuerzo con esa mano, de no poder pasar un examen preocupacional estando condicionado por el estado de la mano derecho, no pudiendo realizar tareas que impliquen la utilización de la misma en tareas de esfuerzo, y destacando el hecho de que el actor es diestro, determinan en Argañaraz manifestaciones de tristeza y de dolor anímico, desvalorización del Yo, stress postraumático (…) como consecuencia del accidente denunciado en autos padece por fractura de escafoides, con dolor y disminución de la fuerza que le provoca una incapacidad física parcial y permanente del 15% de la TO, y una reacción vivencial Fecha de firma: 21/11/2017 Alta en sistema: 22/11/2017 1 Firmado por: E.N.A.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: L.M.D.'ARRUDA, SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: G.E.M., JUEZ DE CÁMARA #19965446#192047457#20171121124306895 anormal neurótica con manifestaciones depresivas de grado II y que por ello tiene una incapacidad psíquica del 5% de la TO. Asevera así, el perito médico que el actor presenta...

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