Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 12 de Mayo de 2009, expediente 58.305

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2009

ARENALES 2600 S.A. SI INF. Ley 11.683 JUZGADO NACIONAL PENAL ECONÓMICO N° 4

SECRETARÍA W 7 CAUSA W 58.305 ORDEN 22.037 SALA "B"

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Illnos Aires, {L de mayo de 2.009.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por el representante de ARENALES 2600 S.A. a fs. 165/166 de este expediente contra la resolución de fs. 160/164 del mismo legajo, en cuanto se dispuso confirmar parcialmente la resolución administrativa modificándose las sanciones impuestas, fijándose una multa de trescientos pesos ($ 300) y tres (3) días de clausura.

El escrito de fs. 177 de este expediente, por el cual se mantuvo el recurso interpuesto.

..J Los escritos presentados por el representante de la A.F.I.P.-D.G.I.

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posee el controlador fiscal en uso, "...el contribuyente cuestionado no emite comprobantt:s, tickets, facturas ni documentos equivalentes por sus operaciones de venta ...mayores a diez pesos ($10) ... ".

2 q) Que, con un examen del acta recordada se advierte que el hecho investigado constituye una infracción a las formas que el organismo administrativo ha fijado para ejercer las funciones de contralor y tiene adecuación típica en el arto 40 inc. a), de la ley 11.683 (t.o. en 1998 y sus modif.), por el cual se prevé: "Serán sancionadas con multa ...y con clausura ...quienes: a) No entregaren o no emitieren factura o comprobantes equivalentes ... en las formas, requisitos y condiciones que establezca la Administración Federal de Ingresos Públicos ... " (lo resaltado pertenece a la presente resolución).

  1. ) Que, aSImIsmo, la disposición citada por el considerando anterior se integra con lo establecido por el arto 1 de la R.G. N° 4104 (D.G.!.,

    texto sustituido por la R.G. N° 259), normativa por la cual se prevé la obligación de utilizar únicamente los controladores fiscales para emitir los comprobantes fiscales, y se sustituyeron las normas establecidas por la R.G.

    N° 3419 para la emisión de los comprobantes mencionados.

    Por lo tanto, la omisión reprochada es· la falta de emisión de factura o documento equivalente en las formas, con los requisitos y en las condiciones establecidas por la Administración Federal de Ingresos Públicos,

    conforme a la resolución general N° 4104 (texto sustituido por la resolución general N° 259/98), es decir, mediante el controlador fiscal.

  2. ) Que, "...las normas relativas a la emisión de facturas se establecen para determinar la capacidad tributaria de los contribuyentes y para ejercer el control del circuito...

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