Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 5 de Septiembre de 2019, expediente CCF 006239/2005/CA001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 6239/2005 ARCHIMEDES ALFREDO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y SERV PUB Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO En Buenos Aires, a los días del mes de septiembre de 2019, se reúnen en Acuerdo los señores jueces de la S. II de esta Cámara para dictar sentencia en los autos del epígrafe. Conforme con el orden de sorteo efectuado, el doctor E.D.G. dice:

  1. Los señores A.A., M.Á.A., R.A.B., F.A.C., J.G.L., E.O., M.G.O., M.L.C., J.C.F. y J.F. (confr. Anexo A, de fs. 7), iniciaron demanda por daños y perjuicios contra el Estado Nacional –

    Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social-, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y la Sindicación de Acciones Clase “C” del P.P.P. de Telecom Argentina S.A. por los daños y perjuicios sufridos por la conducta de las demandadas en la recompra de acciones, materializada por su irregular instrumentación y en la indeterminación del plazo de pago del saldo de precio de la recompra (ver fs.

    8/27vta.).

    Sostienen que el precio recibido por ellos al vender sus acciones al Fondo de Garantía de Recompra (“FGR”) era sustancialmente inferior al que deberían haber percibido, lo que se tradujo en un menoscabo económico superior al 200% (ver fs. 20).

  2. A fs. 224/224vta. frente al requerimiento del Magistrado a quo de fs. 222, los actores dirigieron la acción contra el Estado Nacional -Ministerio de Economía de la Nación- y a fs. 225 el judicante ordenó el traslado de la demanda contra éste último, el Banco de la Ciudad de Buenos Fecha de firma: 05/09/2019 Alta en sistema: 12/09/2019 Firmado por: RICARDO

  3. GUARINONI - EDUARDO DANIEL GOTTARDI, #16137790#243242932#20190903105502543 Aires y el Comité Ejecutivo de la Sindicación de Acciones del P.P.P. de Telecom Argentina S.A.

  4. Los co-demandados se presentaron contestando la demanda en el siguiente orden:

    1. El apoderado del Programa de Propiedad Participada de Telecom Argentina Stet France Telecom S.A. –Sindicación de acciones Clase C- a fs. 232/237vta.

    2. M.te apoderado, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires hizo lo propio a fs. 313/342vta.; además opuso al progreso de la acción la excepción de prescripción.

    3. El Estado Nacional –Ministerio de Economía y Producción- a fs. 356/364vta., quién también interpuso la excepción de caducidad, inhabilitación de la instancia administrativa y prescripción.

    A fs. 345/348 los actores contestaron la defensa de prescripción planteada por el Banco demandado. A fs. 366/374 contestaron las excepciones de inhabilitación de la instancia, falta de legitimación pasiva y prescripción opuesta por el Ministerio de Economía. A fs. 377/378 el magistrado a quo desestimó la falta de...

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