Araya Diego

El Tercer Juzgado Civil, Comercial y Minas de la Segunda Circunscripción Judicial de Provincia de Mendoza, Secretaría Cinco, a cargo del Dr. José Saponara, Juez y Secretaría a cargo de la Dra. Corina V. Beltramone, hace saber por cinco días que en los Autos N° 36.527, caratulados: "ARAYA DIEGO ALEJANDRO p/CONCURSO PREVENTIVO VOLUNTARIO", a fs. 18/24 dictó la siguiente resolución: "General Alvear, Mza., noviembre 17 de 2014. Autos y vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1º) Proveyendo la presentación de fs. 10/14 y 17 de autos: Téngase por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado, peticionando la formación del concurso preventivo. Téngase presente la documentación acompañada. Téngase por notificado expresamente de la Ley 8.134 y a lo demás manifestado oportunamente y en cuanto por derecho corresponda. 2º) Declarar la apertura del concurso preventivo de Diego Alejandro Araya, argentino, mayor de edad, casado, auxiliar de la seccional 14ª de Policía de Mendoza de General Alvear, D.N.I. N° 29.263.921, con domicilio real en Manzana F casa 6 Barrio Primero de Mayo, departamento de General Alvear, Mza., el que tramitará conforme a las normas para los pequeños concursos (arts. 288; 289 y cc. Ley 24.522). 3°) Fijar el día diecinueve de noviembre de dos mil catorce a las ocho y cuarenta y cinco (8.45 horas) para que tenga lugar el sorteo de síndico. Notifíquese telefónicamente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de esta ciudad. 4°)... 5°)... 6°)... 7°)... 8º)... 9°)... 10°)... 11°)... 12°)... 13°)... 14º) Ordenar que una vez aceptado el cargo por el síndico se publiquen edictos por cinco días en el Boletín Oficial y en Diario Los Andes, en la forma prevista por los arts. 27 y 28 Ley 24522. 15°) Disponer se anote la apertura de este concurso en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, Dirección de Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, y la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. Ofíciese. 16º) Disponer la prohibición de salir del país por un período superior a cuarenta días sin previa autorización judicial, debiendo la concursada comunicar al tribunal en caso de ausentarse por períodos menores. 17°) Decretar la inhibición general del concursado para disponer de sus bienes y gravar bienes registrables. Ofíciese. 18º) Hacer saber que la apertura del concurso produce a partir de la publicación de edictos la suspensión del trámite de los procesos de contenido patrimonial contra el concursado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR