Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 24 de Junio de 2013, expediente 37922/2012

Fecha de Resolución24 de Junio de 2013
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:37922/2012

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N : 125280

EXPTE. N : 37922/2012 SALA III

AUTOS: ARAUJO GABRIELA C/CONSOLIDAR CIA. DE SEGUROS DE RETIRO S.A. Y OTROS

S/RENTA VITALICIA

Buenos Aires, 24 de junio de 2013

EL DOCTOR M.L. DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal a raíz de la apelación deducida por la parte actora a fs. 539, contra la sentencia obrante a fs. 531/538. Asimismo a fs. 558, el doctor M.J.M. cuestiona los honorarios que le fueran regulados a fs. 549, por considerarlos reducidos.

En lo que respecta al remedio procesal deducido por la parte actora, cabe señalar que el mismo deviene desierto, toda vez que ésta no expresó los agravios pertinentes (art. 266 del CPCCN).

En lo atinente al monto de los honorarios regulados en favor del Dr. M.J.M.,

estimo que el mismo ha de ser confirmado, toda vez que, en mi opinión, atiende en debida forma a la naturaleza de la cuestión debatida y a la importancia de la labor profesional desplegada en autos ( art. 13

de la ley 24.342).

En consecuencia en caso de prosperar mi voto, correspondería: 1) Declarar desierto el recurso interpuesto por la parte actora. 2) Confirmar los honorarios del Dr. M.J.M.. V2

LOS DRES. J.C.P. LAFUENTE Y...

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