Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala M, 11 de Septiembre de 2015, expediente CIV 053853/2014

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2015
EmisorSala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 53853/2014 ARAMONI, A.A. Y OTRO c/ SCAPINI, ADRIAN Y OTRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS Buenos Aires, septiembre 11 de 2015. fs.107 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Se elevaron estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada, contra la imposición de costas dispuesta en la resolución de fs. 88/89.

    El memorial presentado a fs. 97/98, no fue contestado.

    La demandada sólo se agravió en cuanto el juez a-quo le impuso las costas generadas en este incidente. Sostuvo que en ningún momento se opuso a la concesión del beneficio de litigar sin gastos solicitado por la parte actora y que su intervención en estos autos fue al solo efecto de ejercer el derecho de control y fiscalización que el ordenamiento vigente le permite.

  2. Conforme surge de fs. 135/136 del expediente sobre daños y perjuicios, con posterioridad a la resolución dictada en las presentes actuaciones y que motiva esta intervención, las partes arribaron a un acuerdo por el cual daban por concluido el proceso y sus incidentes.

    En la cláusula cuarta se pactó que las costas serían soportadas por cada uno de sus representados, con excepción de los honorarios del mediador y la tasa de justicia que quedaban a cargo de la citada en garantía.

    El convenio fue homologado a fs.137/vta., párrafo quinto.

  3. La retribución de los letrados intervinientes en el...

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