Aporte para un estudio de las reglas de técnica legislativa

AutorAntonio Castagno
Páginas81-108
CAPÍTULO IV
APORTE PARA UN ESTUDIO
DE LAS REGLAS DE TÉCNICA LEGISLATIVA
1. Asistencia
La asistencia en todos sus aspectos es, en términos generales,
la aplicación de conocimientos científicos y técnicos para la solu-
ción de los diversos problemas y necesidades físicas, emocionales,
médicas, económicas, educacionales, culturales, jurídicas y políti-
cas y sociales y, todas las que, en fin, aquejan al hombre y a la so-
ciedad, entre las que se incluye la denominada asistencia técnica.
De acuerdo con la opinión de los expertos, la asistencia
técnica se ha considerado desde la Segunda Guerra Mundial co-
mo la difusión de conocimientos y cualificaciones en el sentido
de un proceso social normal, realizándose esfuerzos especiales,
mediante tal asistencia técnica, brindada por países prósperos a
los más carenciados, con la implementación de programas inter-
nacionales de gran alcance.
Entre la diversidad de las llamadas asistencias técnicas se
incluye como una especialidad la asistencia técnica parlamentaria
que participa en términos muy generales del concepto de asisten-
cia antes enunciado, pero debe señalarse que el campo estricto de
su aplicación se sitúa dentro de la actividad parlamentaria y le-
gislativa de un país determinado y con un objetivo concreto y
preciso: la eficiencia de la labor legislativa que conduce a la co-
rrecta elaboración de las normas jurídicas y demás decisiones
que adopte el Poder Legislativo.
Demás está advertir, sin embargo, que esa asistencia técni-
ca también aparece como función especializada en el ámbito del
Poder Ejecutivo y de la Administración Pública en general.
2. La actividad legislativa: “el comportamiento legislativo”
La moderna actividad legislativa tiene como característica
esencial la adopción de un complejo procedimiento para la for-
mulación de las leyes, evitando los errores de redacción, como
así las decisiones precipitadas, por lo que se ha hecho cada vez
más evidente la cooperación de los servicios de asesores y con-
sultores, como también el aporte de especialistas, ya sea adscrip-
tos a las Comisiones o pertenecientes a los cuerpos de profesores
de las Universidades, Institutos y Organismos especializados de
consulta, con el objeto de brindar la necesaria y más actualizada
información sobre los temas y cuestiones que requieran los órga-
nos legislativos o, en otros casos, personalmente los legisladores
y cuerpos legislativos (Comisiones).
Este servicio de asesoramiento y consultas se ha hecho ca-
da más imprescindible, a medida que aumenta la necesidad y la
urgencia con las que deben encararse las múltiples cuestiones
que aparecen en la vida política y social de la sociedad de nues-
tro tiempo; y la ineludible eficacia que debe alcanzar el cuerpo
legislativo actual para responder a través de sus decisiones, a las
exigencias de la sociedad, es decir, alcanzar el “comportamiento
legislativo”, cuyo análisis fue preocupación de algunos filósofos
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