Apertura Concurso Preventivo Santax S.R.L.

Fecha de disposición27 Marzo 2007
Fecha de publicación27 Marzo 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31124

de 2009, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.

  1. ).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.

  2. ).- REMITIR a Lidia AMOS LUQUE al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.5º).- NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando C.I. Boliviana Nº 2.095.194 a nombre de Lidia AMOS LUQUE, conforme art. 171 de la ley 24.660.6º).-MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- Hugo Marcelo Savio, Presidente. -- René Vicente Casas, Vocal. -Carlos Rolando Massaccesi, Vocal. Ante mí: María Alejandra Cataldi, secretaria habilitada.

    e. 20/03/2007 Nº 540.349 v. 03/04/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy,

    FALLA:

  3. ).- CONDENANDO a Teodosio AGUILAR ARISPE, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, y las costas del juicio, por encontrarlo autor responsable del delito de contrabando de importación de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización, previsto y sancionado por los Arts. 866, segundo párrafo de la ley 22.415, en grado de tentativa (Arts. 871 y 872 Id), en función del Art. 864, inc. a) Id, con más las inhabilitaciones establecidas por el Art.

    876, incisos 'e', 'f' y 'h', sin perjuicio de las que correspondan en sede aduanera.

  4. ).- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 10 de Octubre de 2009, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.

  5. ).- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.

  6. ).- REMITIR a Teodosio AGUILAR ARISPE al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una Unidad Carcelaria a su cargo.

  7. ).- NOTIFICAR la Sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando C.I. Boliviana. Nº 5.261.211 a nombre de TeodosioAGUILARARISPE, conforme art. 171 de la ley 24.660.

  8. ).- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- Dr. Hugo Marcelo Savio, Presidente. -- Dr. René Vicente Casas,

    Vocal. -- Dr. Carlos Rolando Massaccesi, Vocal.

    Ante mí: Efraín Ase, Secretario.

    e. 16/03/2007 Nº 540.138 v. 29/03/2007...

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