Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 17 de Agosto de 2022, expediente COM 008754/2020/CA001

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 8.754 / 2020

ANZOATEGUI CABBAL, B.H. c/ ARGENCOBRA S.A. Y OTRO s/

ORDINARIO

Buenos Aires, 17 de agosto de 2022.-

Y VISTOS:

Conforme el monto comprometido en la presente litis, y meritando la labor profesional desarrollada en la primera etapa del proceso por su eficacia,

extensión y calidad, se elevan a noventa y cuatro mil pesos –equivalentes a 10,44

UMA- los honorarios regulados en la resolución del 12.07.22 a favor del Dr.

C.A.G. (arts. 16, 20, 21, 24 y 29 Ley 27.423).

En atención la incidencia resuelta el 14.06.22 (caducidad de instancia),

cabe señalar que el art. 47 de la ley 27.423, ha sido observado por el artículo 5 del Decreto Nro. 1077 de fecha 20 de diciembre de 2017, careciendo actualmente de vigencia. Conforme a ello, esta Sala estima prudencialmente utilizar los parámetros del artículo 16 de la Ley 27.423, sobre el valor económico comprometido en la presente litis, por lo que, meritando las labores profesionales por su importancia,

extensión y calidad, se elevan a nueve mil quinientos pesos –equivalentes a 1,05

UMA- los emolumentos fijados en la resolución apelada a favor del Dr. Claudio A.

Galli.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a los beneficiarios.

Oportunamente devuélvanse virtualmente las actuaciones a la instancia anterior.

Fecha de firma: 17/08/2022

Alta en sistema: 18/08/2022

Firmado por: J.A.C., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.O.C., JUEZ DE CAMARA

A fin de cumplir con la publicidad prevista por el art. 1 de la ley 25.865,

según el Punto I.3 del Protocolo anexado a la Acordada 24/13 CSJN, hágase saber a las partes que la publicidad de la sentencia dada en autos se efectuará mediante la pertinente notificación al CIJ.

HÉCTOR OSVALDO CHOMER

MARÍA ELSA UZAL

ALFREDO A. KÖLLIKER FRERS

JORGE A. CARDAMA

Prosecretario De Cámara Fecha de firma: 17/08/2022

Alta en sistema: 18/08/2022

Firmado por: J.A.C., PROSECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.O.C., JUEZ DE CAMARA

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