Sentencia Definitiva de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 16 de Octubre de 2013, expediente L 117077

PresidenteSoria-Kogan-Hitters-Pettigiani
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2013
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 16 de octubre de 2013, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores S., K., Hitters, P., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 117.077, "A., S.M. contra 'Servicio Fergon S.R.L.'. Despido".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo N° 4 del Departamento Judicial La Plata hizo lugar a la acción instaurada, imponiendo las costas a la parte demandada (fs. 235/245).

La Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 262/269 vta.), concedido por el citado tribunal a fs. 270.

Dictada a fs. 276 la providencia de autos, hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, ante la insuficiencia del valor de lo cuestionado, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I Ó N

¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?

V O T A C I Ó N

A la cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:

  1. El tribunal de grado acogió la demanda promovida por S.M.A. contra "Servicio Fergon S.R.L." y la Provincia de Buenos Aires y condenó solidariamente a estas últimas al pago de indemnizaciones por antigüedad, sustitutiva del preaviso, integración del mes de despido, salarios adeudados, el incremento del art. 2 de la ley 25.323 y la sanción establecida en el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (fs. 235/245).

    En lo que resulta de interés, el tribunal de grado extendió la condena a la última de las demandadas mencionadas con sustento en lo normado en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo toda vez que consideró que sus disposiciones resultaban aplicables al Estado provincial.

  2. La Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires interpone recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en el que denuncia la violación de los arts. 44 inc. "d" de la ley 11.653; 17 y 18 de la Constitución nacional y doctrina de esta Suprema Corte referida a los arts. 2 y 30 de la Ley de Contrato de Trabajo (fs. 262/269 vta.).

    La impugnación, concretamente, se dirige a cuestionar la extensión de la condena a la Provincia de Buenos Aires con fundamento en la responsabilidad solidaria establecida en el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, en tanto -afirma el quejoso- dicho cuerpo normativo no comprende bajo su órbita de aplicación a la...

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