Anomia e isonomía. Dialéctica entre sociedad y función judicial

AutorRomán Julio Frondizi
Páginas107-112
El derecho, el juez, la justicia: desde las visiones

107
VII. ANOMIA E ISONOMÍA. DIALÉCTICA ENTRE SOCIEDAD
Y FUNCIÓN JUDICIAL
SUMARIO. 1. La producción normativa.- 2. La fractura entre el modelo nor-
mativo y la realidad concreta de la vida social.- 3. La inobservancia de la
ley. Causas y consecuencias.- 4. La ley y la libertad.- 5. Colofón
1. La producción normativa
Es una característica típica de los ordenamientos jurídicos es-
tatales como el argentino, entre otros, la de ser, desde el punto de
vista de la producción normativa en sentido lato, sistemas cerrados.
Es decir, que las fuentes de producción de las normas están, to-
das, exactamente individualizadas, y que el ordenamiento jurídi-
co puede ser enmendado solamente por medio de los instrumentos
previstos por él mismo.
La alternativa a ello, que no se reduzca a un mero hecho ilegal,
es la revolución, que, si se concluye positivamente, no se limita a
variar el orden jurídico, sino crea uno nuevo y, al límite, da vida a
un nuevo Estado.
En los sistemas así delineados, y ello aparece particularmente
evidente, al menos en teoría, en el argentino, no es concebible la
existencia de personas físicas o jurídicas, o de grupos o categorías
de personas físicas o jurídicas, que no sean destinatarias de las
normas que han sido puestas formalmente en vida por el sistema
jurídico. En los casos de exención (sea ésta sustancial o procesal ),
ella se producirá sólo gracias a la determinación de una norma or-
todoxamente producida por el Estado.
Sin embargo, desde hace tiempo y en medida siempre creciente,
es perceptible un fenómeno que no está en armonía con el esquema
recién bosquejado, y que podría interpretarse de varios modos.
Trátase de la existencia de personas, grupos de personas o ca-
tegorías de personas que, aun estando ciertamente sujetos al or-
denamiento jurídico y aun no gozando de exenciones en el sentido
antedicho, no son tocados, sino marginalmente, por las normas vi-
gentes. Al decir no son tocados entiendo decir, obviamente, que ta-
les sujetos son directos destinatarios de las normas, pero que éstas,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR