Año 2022 - Dto. N° 371 - Autorízase a los Servicios Administrativos de La, Administración Pública Central y Organismos Descentralizados a Descontar, de los Haberes Del Personal a Favor de Cooperativa de Vivienda, Crédito Y, Consumo Credikot Limitada por Cuota Social y Servicios Sociales

Fecha de publicación10 Mayo 2022
Tipo de documentoDECRETOS PROVINCIALES
Número de Gaceta13892
SecciónSección Oficial
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 2Martes 10 de Mayo de 2022
Sección Oficial
LEY PROVINCIAL
ADHIÉRASE A LA LEY NACIONAL Nº 27611, LEY
NACIONAL DE ATENCIÓN Y CUIDADO INTEGRAL
DE LA SALUD DURANTE EL EMBARAZO Y LA
PRIMERA INFANCIA
LEY I Nº 725
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Adhiérase a la Ley Nacional N°27611,
Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Sa-
lud durante el Embarazo y la Primera Infancia, a su
Decreto Reglamentario N°515/2021 y a su Anexo I que
forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Po-
der Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS VEIN-
TIUN DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDOS.
RICARDO DANIEL SASTRE
Presidente
Honorable Legislatura
de la Provincia del Chubut
Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa
Honorable Legislatura
de la Provincia del Chubut
Dto. Nº 395/22
Rawson, 04 de Mayo de 2022
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley de adhesión a la Ley Nacional
Nº 27611, denominada Ley Nacional de Atención y
Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la
Primera Infancia, a su Decreto Reglamentario Nº 515/
2021, y a su Anexo I; sancionado por la Honorable
Legislatura de la Provincia del Chubut el día 21 de abril
de 2022; y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el
artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: I Nº 725
Cúmplase, comuníquese y oportunamente
publíquese en el Boletín Oficial
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
DECRETOS PROVINCIALES
«Año de Conmemoración del 40° Aniversario de la
Gesta de Malvinas»
PODER EJECUTIVO: Autorízase a los Servicios
Administrativos de la Administración Pública Central
y Organismos Descentralizados a descontar de los
haberes del personal a favor de COOPERATIVA DE
VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO CREDIKOT LIMITADA
por cuota social y servicios sociales
Decreto Nº 371
Rawson, 04 de Mayo de 2022
VISTO:
El Expediente N° 692/2022 STR, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la
solicitud efectuada a fs. 89/90 por la COOPERATIVA DE
VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO CREDIKOT LIMITADA,
inscripta en el Registro Nacional de Mutualidades del Ins-
tituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES)
bajo la Matricula 24.645, por medio de la cual solicita el
otorgamiento del código de descuento automático, sobre
los haberes del personal activo y pasivo;
Que la habilitación de un código de descuento, im-
porta efectuar las retenciones correspondientes a la
cuota social y beneficios que otorga la mencionada enti-
dad, mediante el descuento en los haberes del personal
activo y pasivo de la Administración Pública Provincial
asociados a la misma;
Que mediante Resolución N° 05/2022 SSAyES,
obrante a fs. 81/82, se autorizó a la entidad requirente
para funcionar como sucursal en la ciudad de Rawson,
Provincia de Chubut;
Que la autorización que tramita en los actuados se
ajusta a las prescripciones de Ley I N° 109 y Decreto Nº
1040/1996, concediéndose la misma con las limitacio-
nes, orden de prioridad y demás condiciones dispuestas
por dicho marco legal;
Que la Dirección General de Administración de Per-
sonal ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría Gene-
ral de Gobierno;
POR ELLO:
El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a los Servicios Adminis-
trativos de la Administración Pública Central y Organis-
mos Descentralizados, a descontar de los haberes del
personal, las sumas de dinero que la COOPERATIVA DE
VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO CREDIKOT LIMITA-
DA, Matrícula I.N.A.E.S N° 24.645, resulte acreedora en
concepto de cuota social y servicios sociales, en los
términos de la Ley I N° 109 y Decreto N° 1040/1996.-
Artículo 2°. - Los descuentos serán efectuados en
base a las planillas que llevará la Entidad Cooperativa, en
las que deberá constar:
a) Datos de identidad de los asociados: Número de
BOLETÍN OFICIALPÁGINA 3
Martes 10 de Mayo de 2022
socio, Nombre y Apellido y Matricula Individual.-
b) Prestación que motiva el crédito de la retención.-
c) Importe a descontar. Si se hubiese acordado el
pago en cuotas, se consignará la suma total, el número
de cuotas y el monto de cada una de ellas. Los montos
se detallarán en letras y números.-
d) Autorización expresa del socio para que se le
efectúen los descuentos en la remuneración que perci-
be de la Provincia.-
Artículo 3°. - El monto de las deducciones que los
Servicios Administrativos realizarán por aplicación del
Artículo 1° del presente Decreto, deberá ser deposita-
do en el Banco del Chubut S.A., Casa Central Rawson,
a la orden de la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO
Y CONSUMO CREDIKOT LIMITADA, en las cuentas que
corresponda según lo informado por ésta.-
Artículo 4°. - El presente Decreto será refrendado
por los Señores Ministros Secretario Estado en los De-
partamentos de Economía y Crédito Público y de Go-
bierno y Justicia.-
Artículo 5°.- REGISTRAR, Comunicar, Notificar, Dar
al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVAR.-
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Sr. MARIO OSCAR RÍOS
A/C Ministerio de Gobierno y Justicia
Lic. OSCAR ABEL ANTONENA
PODER EJECUTIVO: Ratifícase el Convenio Específi-
co de Investigación y Desarrollo entre el Ministe-
rio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comer-
cio y el Consejo Nacional de Investigaciones
Científicas y Técnicas (CONICET)
Decreto Nº 381
Rawson, 04 de Mayo de 2022
VISTO:
El Expediente Nº 918/2022-MAGlyC; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la
ratificación del Convenio Específico de Investigación y
Desarrollo, celebrado el día 20 de octubre de 2021 entre el
Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio,
representado por el Ministro, Licenciado Leandro CAVACO
y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y
Técnicas (CONICET), representada por su Gerente de
Vinculación Tecnológica, señor Sergio ROMANO;
Que el mencionado Acuerdo ha sido protocolizado
al Tomo: 1, Folio: 290, del Registro de Contratos de
Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía Gene-
ral de Gobierno, el día 11 de abril de 2022;
Que por el citado Convenio, se pretende consolidar
en la Provincia del Chubut un nodo de prestación de
servicios y desarrollo de tecnologías para la produc-
ción de cannabis y sus derivados con foco en la trans-
ferencia a sectores productivos de actividades promo-
vidas en el marco de la ley N° 27.506 (c.i y c.iii Anexo II
de la mencionada Ley);
Que a esos efectos, se fortalecerán las capacida-
des de la Provincia del Chubut para el desarrollo y trans-
ferencia de tecnologías de cannabis, incluyendo pro-
cesos de producción vegetal de cannabis tanto medici-
nal como industrial (cáñamo), y la producción y análisis
de calidad de aceites medicinales de cannabis; se for-
talecerán servicios a terceros existentes como la medi-
ción de cannabinoides y terpenos en fitopreparados, y
se sumarán alternativas fundamentales como el análi-
sis de contaminantes en aceites de cannabis medicinal;
Que en consecuencia, es necesario proceder a la
ratificación del aludido Convenio;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría Ge-
neral de Gobierno;
POR ELLO:
El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Ratificase en todos sus términos el
Convenio Específico de Investigación y Desarrollo, ce-
lebrado el día 20 de octubre de 2021 entre el Ministerio
de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, repre-
sentado por el Ministro, Licenciado Leandro CAVACO y
el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y
Técnicas (CONICET), representado por su Gerente de
Vinculación Tecnológica, señor Sergio ROMANO,
protocolizado al Tomo: 1, Folio: 290, del Registro de
Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Es-
cribanía General de Gobierno el día 11 de abril de 2022,
el cual tiene por objeto consolidar en la Provincia del
Chubut un nodo de prestación de servicios y desarrollo
de tecnologías para la producción de cannabis y sus
derivados con foco en la transferencia a sectores pro-
ductivos de actividades promovidas en el marco de la
ley Nº 27.506 (c.i y c.iii Anexo II de la mencionada Ley).-
Artículo 2°.- Dese cuenta a la Honorable Legislatu-
ra de la Provincia del Chubut.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrenda-
do por los Señores Ministros Secretarios de Estado
en los De Departamentos de Agricultura, Ganadería,
Industria y Comercio, y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Bo-
letín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Sr. MARIO OSCAR RÍOS
A/C Ministerio de Gobierno y Justicia
Lic. LEANDRO CAVACO
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 27705-04-22
Artículo 1°.- Establécese que para el caso de impe-
dimento o de ausencia del Señor Ministro de Seguridad,
el refrendo de los actos que dicte este Departamento
Ejecutivo será ejercitado en las condiciones del Artículo
155°, Inciso 15) de la Constitución Provincial, en el si-
guiente orden:

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