La Anmat prohibió un aceite, una miel y un medicamento

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la distribución y la comercialización en toda la Argentina de un medicamento, un aceite de girasol y una miel, tal como dio a conocer en el Boletín Oficial.

En cuanto a la miel, la administración tomó la decisión de prohibir este producto, incluso en las plataformas de venta electrónica, "por carecer de registros sanitarios, por consignar un registro de establecimiento inexistente y brindar información no certificada" . En la Disposición 7847/2021 especificó que se trata del siguiente artículo: "Miel 100% Orgánica - Sin Agrotóxico, marca Estancia Renata, RNPA N° 14007069 - RNE N° 14000245, Procedencia Lincoln - Provincia de Buenos Aires".

Además, añadió que también se prohíben "aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 14000245 y RNPA 14007069 por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE y un RNPA inexistentes". Tanto en el caso de estos artículos como en el de la miel orgánica, la Anmat determinó que resultan ser productos ilegales.

Por otro lado, la Anmat prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de girasol de la marca Bonanza (RNPA N° 02-504972, Elaborado por RNE N° 02-032427) "por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE que se encuentra vencido y de RNPA perteneciente a otro producto". Por estos motivos, y tal como dispuso en la Disposición 7846/2021, determinó que también se trata de "un producto ilegal".

Además, mediante la Disposición 7845/2021, esta...

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