Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 17 de Junio de 2021, expediente CIV 029151/2008
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2021 |
Emisor | Camara Civil - Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I
29151/2008
ANGUEIRA MARIA s/AUSENCIA SIMPLE
Buenos Aires, 17 de junio de 2021.-
AUTOS Y VISTOS:
Vienen las presentes actuaciones a fin de entender en los recursos de apelación interpuestos el 19/2/2020 y 22/10/2020 frente a la regulación de honorarios del 25/11/2019.
Asimismo, para entender en los recursos de apelación interpuestos el 18/2/2020 y 22/10/2020 frente a la regulación de honorarios del 10/2/2020.
I.L., corresponde señalar que este colegiado ya ha tenido oportunidad de exponer -por mayoría- los argumentos que sostienen la aplicación de la nueva norma arancelaria a todos los asuntos en que no hubiera regulación de honorarios al tiempo de la modificación legislativa (conf. esta S., “D.G., Jésica y otro c. C.S.E. y otros s. Daños y perjuicios”, expte. n°
46276/2013, del 04/04/2018, ver aquí).
De manera tal que se procederá conforme las disposiciones de la ley 27.423.
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Para analizar los emolumentos de los profesionales hay que tener presente, además del monto del juicio, las constancias de autos, la labor profesional apreciada en su calidad y extensión, el resultado obtenido y las demás pautas determinadas en los arts. 1, 3,
16, 21, 51 y concordantes de la ley 27.423.
Bajo tales premisas, por resultar ajustados a derecho se confirman los honorarios de la Dra. M.E.P.,
patrocinante de A.M.A., en la cantidad de 17,23 UMA,
que al día de la fecha representan la suma de $71.538,96 y los del Fecha de firma: 17/06/2021
Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA
Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CÁMARA
curador, D.M.A.Z., en la cantidad de 6,21
UMA, que al día de la fecha representan la suma de $25.783,92.
ASÍ SE DECIDE.
El presente acuerdo fue celebrado por medios virtuales y el pronunciamiento se suscribe electrónicamente de conformidad con lo dispuesto por los puntos 2, 4 y 5 de la acordada 12/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La vocalía número 27 se encuentra vacante.
R., notifíquese y devuélvase.
Se hace constar que...
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