Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 19 de Febrero de 2019, expediente CNT 003956/2012/CA001

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 3956/2012 - ANFUSO, N.D. c/ OSCAR MAZZUCA Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL Buenos Aires, 19 de febrero de 2019.

se procede a votar en el siguiente orden:

El D.M.S.F. dijo:

  1. Contra la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo, recurre la parte actora a mérito del escrito de fs. 391/413, que mereció la réplica de su contraria de fs. 420/422.

    Por su parte, a fs. 418 la perito médica interviniente apela los honorarios que le fueron regulados por considerarlos reducidos.

  2. El recurrente cuestiona –en definitiva- el rechazo de la acción intentada, la valoración de la pericia médica y de la prueba testimonial rendida en autos efectuada por el sentenciante y la distribución de costas.

    El Sr. Juez de grado tuvo en cuenta los términos de los escritos constitutivos del proceso y, dado el marco normativo en el que se inició la acción, consideró que estaba a cargo del trabajador acreditar las dolencias y minusvalía invocadas, la intervención de “la cosa riesgosa o peligrosa causante del daño, la propiedad o guarda de la persona a quien le imputa responsabilidad, la existencia de un nexo de con causalidad adecuada entre daño y la cosa, la responsabilidad subjetiva por violación a las medidas de seguridad”, como así también el padecimiento de la incapacidad que denuncia (arts. 1109, 1113 y 1074 del Código Civil.).

    En el marco descripto, el señor magistrado señaló

    que la perito médica interviniente dictaminó que el actor padece alteraciones en su columna lumbar y cervical, que le ocasionan un 6% de incapacidad en su Fecha de firma: 19/02/2019 Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20917025#227242828#20190219120645835 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX columna cervical y un 13% en su columna dorsolumbar -19%-; una incapacidad auditiva final del 19.7% de la t.o. y que presenta un Desarrollo vivencial anormal neurótico con manifestaciones fóbicas que le genera una minusvalía de hasta un 13% de la t.o. y, en base a ello, concluyó que el demandante padece una incapacidad el 38.7%. Destacó que no advertía de qué modo el galeno arribó al porcentaje total de minusvalía, en base al grado de incapacidad que otorgó a cada una de las patologías mencionadas.

    Asimismo, señaló que las tareas específicas de los peritos médicos como auxiliares de la justicia consisten en establecer la existencia de las patologías y sus posibles etiologías, pero que es tarea de los jueces determinar si las dolencias se vinculan con los hechos dañosos denunciados.

    Indicó que el actor afirmó al iniciar su reclamo que sus padecimientos eran consecuencia de las tareas de esfuerzo que desempeñaba para el Sr. O.M. y de las condiciones insalubres en las cuales las cumplía, extremos que el trabajador debió demostrar para sustentar su pretensión.

    A tal fin, analizó las declaraciones de los testigos brindadas en autos y señaló que...

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