Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 16 de Mayo de 2022, expediente CCF 009244/2001/CA001

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

9244/2001

A.J.S. Y OTROS c/ ESTADO

NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA s/PROCESO DE

CONOCIMIENTO

Buenos Aires, de mayo de 2022.-

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la demandada Estado Nacional el 3.12.2021 -fundado el 21.2.2021-, contra la imposición de costas decidida el 24.11.2021; cuyo traslado fue contestado el 2.3.2022; y CONSIDERANDO:

  1. El recurrente cuestiona la imposición de costas a su cargo decidida por el magistrado con arreglo a lo dispuesto por el art.

    1. del decreto 1077/2002. Sostiene -en lo sustancial- que el acogimiento del actor al régimen de la ley 27.133 fue denunciado el 10.11.2021, por lo que no corresponde aplicar literalmente la norma invocada por el a quo y, en consecuencia, imponer a su cargo la totalidad de las costas del proceso. Por ello, solicita que se revoque la decisión y se impongan las costas a la parte actora que -entiende-

    resulta vencida (conf. memorial del 21.2.2021).

  2. En los términos en los cuales la cuestión se encuentra planteada, se debe señalar -como punto de partida- que el art. 73, 2º

    párrafo, del Código Procesal dispone que si el proceso se extingue por desistimiento, las costas deben correr a cargo de quien desiste, salvo cuando se debiere exclusivamente a cambios de legislación o jurisprudencia y se llevare a cabo sin demora justificada.

    Por otro lado, tampoco debe perderse de vista que el art.

    2 de la Resolución 877/2015 dispone que “las costas y honorarios devengados de los procesos judiciales en los cuales el ex agente Fecha de firma: 16/05/2022

    Alta en sistema: 20/05/2022

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: FLORENCIA NALLAR, JUEZ DE CAMARA

    desistiere de la acción y del derecho con el fin de acogerse al beneficio establecido por la ley 27.133, quedarán sujetos a resolución judicial”.

    En consecuencia, teniendo en cuenta que la norma 27.133 invocada fue dictada en el mes de abril de 2015 y que el acogimiento a la reparación prevista en aquélla y su consecuente desistimiento de la...

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