ANDION ROBERTO s/SUCESION AB-INTESTATO

Número de expedienteCIV 025496/2000/CA001
Número de registro178292812
Fecha11 Mayo 2017

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 25496/2000. A.R. s/SUCESIONA.-INTESTATOJ.. 41 A.B.

Buenos Aires, de mayo de 2017.- MMD Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra el auto de fs. 390, dictado por el actuario, que remite a la resolución de fs. 386, que homologa el convenio celebrado a fs.

    165/166 y ordena los trámites preparativos para la venta del bien sito en la calle Defensa 1747, 2do piso de esa Ciudad, se alza la cónyuge supérstite a fs. 391, articulando recurso de revocatoria con apelación en subsidio. Desestimado el primero a fs.

    396/398, y se concede el recurso, el que se lo tiene por fundado con los escritos de fs. 391 y 393. A fs.

    399, la misma quejosa recurre dicho decisorio. Se concede el recurso a fs. 400 y a fs. 401/403 se presenta el memorial, cuyo traslado es contestado a fs.5405/407.-

  2. Se recuerda que el principio de eventualidad, importa la necesidad de aprovechar cada ocasión procesal íntegramente, empleando en acumulación eventual todos los medios de ataque y defensa de los que se disponga. Así, todas las excepciones y los recursos que se quieran utilizar, deben ser opuestos conjuntamente y en un solo escrito (conf. R., H.C., “Los plazos procesales y la preclusión”, LA LEY 1995-B, 1346).-

    En razón de ello, visto que la cónyuge supérstite interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio, el recurso concedido luego contra el pronunciamiento que desestimó la Fecha de firma: 11/05/2017 Alta en sistema: 29/05/2017 Firmado por: TRIBUNAL Firmado por: L.A.J., Juez de Cámara Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara #13694708#178292812#20170510123157848 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C revocatoria y concedió en subsidio la apelación, debería declararse mal concedido.

    No obstante, se han...

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