Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 22 de Mayo de 2018, expediente CNT 039051/2016

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII Expediente nro. CNT 39051/2016/CA1 JUZGADO Nº 63 AUTOS: "AMX ARGENTINA S.A. c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y OTRO s/ OTROS RECLAMOS"

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 22 del mes de mayo de 2018.-

VISTO:

La presentación de fs. 139 y; CONSIDERANDO:

La parte actora –AMX ARGENTINA S.A.-

desiste de la acción y del derecho, conforme las razones señaladas en la presentación de fs. 139.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Tener a AMX ARGENTINA S.A. por desistida de la acción y de derecho de la presente pretensión, sin costas.

R., notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.

gma – 4. 46 L.A.C.V.A.P.J. de Cámara Juez de Cámara Ante mí:

Fecha de firma: 22/05/2018...

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