Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 27 de Abril de 2021, expediente CIV 040585/2011/CA002
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2021 |
Emisor | Camara Civil - Sala K |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K
40585/2011
AMUNDARAIN GLADYS EDITH c/ EGUIA RAUL ENRIQUE Y
OTRO s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION
Buenos Aires, 27 de abril de 2021.- MBP
AUTOS Y VISTOS:
Los Dres. A. y Á. dijeron:
Esta Sala ha sostenido en autos “L., G.D.c.E., M. y otro s/
Daños y perjuicios” del 8/6/2018), “…que la normativa emanada de las reformas introducidas al ordenamiento arancelario vigente, resulta aplicable a todos los asuntos o procesos en los cuales no hubiere recaído resolución firme regulando honorarios al tiempo de su entrada en vigencia…” (cfr. en igual sentido este tribunal “in re” “B., S. J. c/
L. SA s/ Escrituración”, del 4/9/1996; íd.., “R., A. L. c/ A., H.R. s/
Daños y Perjuicios” del 16/7/2008; íd. “A., J.C. c/ Trasumded S.R.L
s/ Daños y Perjuicios”, del 29/2/2008; íd., “., M.J. c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del 20/2/2009; íd., “., M.L.c.M., A.N. s/
Daños y Perjuicios”, del 27/12/2010; íd., “L., F.G.c.O., W.M. s/
Daños y Perjuicios”, del 30/11/2012, entre muchos otros),
temperamento que, aun cuando no resulte aplicable el art. 64 de la ley 27423 por encontrarse observado por el dto. 1770/2017, cabe mantener en la actualidad con relación a la nueva ley arancelaria.
En esta inteligencia y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 1, 3, 16, 24, 59 y ccds. de la ley 27.423, acordada 7/21 y decreto 2536/15, se confirman los honorarios recurridos.
La Dra. B. dijo:
En lo que atañe a la revisión de los honorarios regulados a los profesionales por labores realizadas durante la vigencia de la ley 21.839 y el decreto 1465/07, no coincido con el derecho aplicado por mis distinguidos colegas. Con anterioridad al presente he tomado Fecha de firma: 27/04/2021
Alta en sistema: 28/04/2021
Firmado por: O.J.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: JULIO M.A.R.V., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: O.O.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA
posición en el mismo sentido que sostiene la mayoría de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en actual integración en la causa “Establecimiento Las Marías SACIFA c/ Misiones” (sent. 4-IX-
2018).-
Por lo antedicho, el Tribunal, por mayoría
RESUELVE:
confirmar los honorarios recurridos.
R., notifíquese por secretaría a los interesados y cúmplase con la comunicación pública dispuesta en las Acordadas de la C.S.J.N. 15/2013 y 24/2013. Oportunamente, devuélvanse los autos en soporte físico y digital a la instancia de...
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