Teak & Rattan Sa S/av. de Contrabando.

Fecha de disposición15 Abril 2009
Fecha de publicación15 Abril 2009
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31633

D.N.I. Nº 10.653.858, habiéndose dispuesto: 1) Prohibir a la fallida percibir y/o efectuar pagos, haciéndoseles saber que los que se realicen se considerarán ineficaces (art. 88 inc. 5to. L.C.Q).

2) intimar a la fallida y a los terceros que tengan bienes o documentos del fallido, para que los entreguen al Síndico dentro del término de cinco días (art. 88 inc. 3ero. L.C.Q.). 3) Fijar hasta el día 30 de ABRIL de 2009, para que los acreedores soliciten la verificación de sus créditos ante el Síndico (art. 88 último párrafo L.C.Q.), en el domicilio sito en calle Deheza 2357, Pº 6º '36', .

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2008.

Stella M. Timpanelli, secretaria.

e. 15/04/2009 Nº 25242/09 v. 16/04/2009 JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL NRO. 1

SECRETARIA NRO. 2

Edicto: 'El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 1, a cargo de la Dra.

María Servini de Cubría, Secretaría Nro. 2, a cargo del Dr. Adolfo O. Piendibene, sito en la Avenida Comodoro Py 2002, tercer piso de la ciudad de Buenos Aires, en la causa Nro. 15.229/2008 (B-11.814/08), caratulada: 'Venialgo Chamorro,

Librada s/falsificación documento destinado a acreditar la identidad', cita y emplaza a Librada Venialgo Chamorro, titular de la matrícula Nro.

93.942.268, nacida el día 20 de julio de 1976, nacida en S. Pedro del Paraná, Liapua, Paraguay, hija de Silvino Venialgo y de Ester Nimia Chamorro, a comparecer ante los estrados del Tribunal, dentro del tercer día de la última publicación, a fin de prestar declaración indagatoria a tenor de lo normado por el artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde ordenándose en consecuencia su captura.

Secretaría Nro. 2, 01 de abril de 2009.

Adolfo Piendibene, secretario.

e. 15/04/2009 Nº 25117/09 v. 21/04/2009 JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO NRO. 6

SECRETARIA NRO. 12

RESUELVO: I.- SOBRESEER TOTALMENTE en la presente causa y respecto de DIANA MARIA HUG DE BELLO, por no constituir delito el hecho que se le imputara, dejando expresa constancia que la formación del presente sumario no afectó el buen nombre y honor del que gozare la nombrada (art. 336 inc. 3º del CPP). II.- DEJAR SIN EFECTO la declaración de rebeldía e inmediata captura de Diana Maria Hug de Bello que fuera dispuesta a fs. 621/622. III.- SIN COSTAS (art.

FDO: DR. MARCELO I. AGUINSKY (JUEZ)'.

Buenos Aires, 31 de marzo de 2009.

Guillermo D. Brugo, secretario.

e. 15/04/2009 Nº 25164/09 v. 21/04/2009 EDICTO: JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO Nº 6 - SECRETARÍA Nº 12:

' respecto de la cual, con fecha 17 de febrero de 2009 se ha dispuesto la concesión sin efecto suspensivo, del recurso de apelación interpuesto por el Dr. facundo Machesich en representación de la DGA-AFIP contra la resolución de fs. 575/77 vta.- Publíquese por cinco (5) días.

Buenos Aires, 31 de marzo de 2009.

Guillermo D. Brugo, secretario.

e. 15/04/2009 Nº 25163/09 v. 21/04/2009 JUZGADOS NACIONALES EN LO CRIMINAL DE INSTRUCCION N° 33

EDICTO: El Juzgado en lo Criminal de Instrucción Nº 33 Secretaria 170, cita y emplaza por tres días a contar desde la primera publicación del presente a Cristian Marcelo Pérez Barria para que comparezca a estar a derecho en la causa que se le sigue por el delito de robo, bajo apercibimiento de declararla Rebelde. Publíquese por cinco (5) días.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2009.

Diego Martín Hernández, secretario.

e. 15/04/2009 Nº 25184/09...

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