Amitel S.A. S/quiebrasíndico:héctor Ricardo Martínez

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición12 de Febrero de 2007

03.05.2007 (art. 35 y 39 de la citada ley). Intímese al fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que el funcionario concursal tome inmediata y segura posesión de los mismos. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. Decrétase la inhabilitación definitiva de la fallida y la de sus integrantes por el plazo de un año contado desde la fecha de la presente (art. 234 a 238 de la ley 24.522). Intimese a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue los libros de comercio y demás documentos relacionados con su contabilidad al sindico. Intímese al fallido para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art. 11 inc. 7 de la ley 24.522 (conforme art. 86). Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Intímese al falllido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los términos de los ars. 41 y 133 del CPCCN.

Buenos Aires, 28 de diciembre de 2006.

María José Gigy Traynor, secretaria.

e. 07/02/2007 Nº 536.943 v. 13/02/2007 N° 12

El Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 12 a cargo del Dr. Rafael Cruz Martin, Secretaría Nº 24 a cargo del Dr. Jorge Medici, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 PB, Capital Federal, comunica por cinco días que en los autos caratulados 'BARROS NORBERTO S/QUIEBRA', expediente Nº 087094, que con fecha 13 DE DICIEMBRE DE 2006 se ha declarado en estado de quiebra a BARROS NORBERTO, DNI. 10.085.138, que la Síndico es SILVIA INES TROMBETTA, con domicilio en la calle VIAMONTE 1337, 2º 'B' Capital Federal, a quién los acreedores hasta el día 18 DE ABRIL DE 2007 deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos. El día 1 DE JUNIO DE 2007, el Síndico deberá presentar el informe individual previsto por el art. 35 de la LC. El día 13 DE JULIO DE 2007 el Síndico deberá presentar el informe general (art.

39 LC). Se intima a la fallida y terceros a que entregar a la Síndico dentro de las 72 hs, todos los bienes de la deudora que se hallaren en su poder.

Entregar al síndico dentro de las 24 hs la documentación relacionada con su contabilidad. Se prohibe hacer pagos y entregas de bienes de la fallida so pena de considerarlos ineficaces. Se ordena la intercepción de la correspondencia de la fallida para ser entregada al síndico, a cuyo fin se oficiará al Correo Argentino. Se dispone la interdicción de salida del país del fallido, sin previa autorización del Tribunal, hasta el día de la presentación del informe general.

Buenos Aires, 02 de febrero de 2007.

Jorge Médici, secretario.

e. 09/02/2007 Nº 537.191 v. 15/02/2007 N° 14

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Susana M. I.

Polotto, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr. MARTIN SARMIENTO LASPIUR, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por por 5 días que con fecha 13 de Diciembre de 2006, en los autos caratulados 'PAGOTO FRANCISCO JOSE S/QUIEBRA', se resolvió decretar la quiebra de PAGOTO FRANCISCO JOSE (CUIT 2023198628), haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 18 DE ABRIL DE 2007 para que los...

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