AMIA: la Corte deberá decidir qué juez revisará el memorándum con Irán

El expediente donde se cuestiona el memorándum de entendimiento con Irán llegó a la Corte Suprema, que deberá resolver quién es el juez competente para decidir si es válido el http://www.lanacion.com.ar/1602427-amia-duras-criticas-al-pacto-con-iran.El caso fue enviado a la Corte por el magistrado federal http://www.lanacion.com.ar/1606162-el-juez-rodolfo-canicoba-corral-pidio-a-la-corte-suprema-que-determine-quien-debe-llevar-la-, que volvió a sostener que no es competente para entender en el caso y se negó a acatar la decisión de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que había afirmado lo contrario.Canicoba es el magistrado de , destinada a averiguar quiénes fueron los responsables del atentado que hace 19 años provocó la muerte de 85 personas. Según la Cámara Contencioso, "por conexidad", a Canicoba le corresponde tramitar el amparo contra el memorándum. Según él, no es así.Por eso, recurrió a la Corte, "por ser éste el único superior jerárquico común", afirmó ayer el juez.Esta causa se inició por una presentación de los presidentes de la AMIA y la DAIA, Guillermo Borger y Julio Schlosser, que pidieron la inconstitucionalidad del memorándum y promovieron una medida cautelar para detener cualquier acto de ejecución de este acuerdo, que había sido anunciado como una herramienta para avanzar en la investigación del atentado.Los argumentos de la AMIA y de la DAIA para cuestionar la constitucionalidad del acuerdo y de la ley que lo refrendó son: que viola la división de poderes, pues implicaría una intromisión del Poder Ejecutivo sobre el Judicial; que es violatorio del debido proceso y de la garantía de un juez natural para que decida sobre el caso, y que favorecerá a los acusados de Irán, que aspira a que se levanten las circulares rojas de Interpol como consecuencia del memorándum.El amparo se presentó en la justicia en lo contencioso, encargada de revisar los actos del Poder Ejecutivo, pero la jueza María Alejandra Biotti, de ese fuero, se declaró incompetente y se lo envió a Canicoba.Él le respondió que no le correspondía tomar el caso. Afirmó que si bien estaba a cargo de la investigación del atentado la nueva cuestión que planteaban la AMIA y la DAIA no era de contenido penal, único tema sobre el que él podía fallar."La acción de amparo intentada resulta claramente competencia del fuero contencioso administrativo, ya que se trata pues de la acción intentada por un particular contra el ejercicio de potestades públicas [del Poder Ejecutivo]...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR