Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 13 de Julio de 2022, expediente CIV 012505/2021

Fecha de Resolución13 de Julio de 2022
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A

AMEIJEIRAS, J.C. Y OTRO c/ MIÑO MOLINA,

N. Y OTRO s/DESALOJO POR FALTA DE PAGO. EXPTE.

Nº 12505/2021 –J.104- (G.Y.)

RELACIÓN N° 012505/2021/CA001

Buenos Aires, julio 13 de 2022.-

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Llegan estas actuaciones con motivo de los recursos articulados por los ocupantes del 8 de septiembre de 2021 y por la Sra. Defensora de Menores de primera instancia el 27 de octubre de 2021 –fundado por su colega de Alzada el 5 de julio de 2022-, cuyos traslados fueron contestados el 31 de mayo de 2022 y el 12

    de julio de 2022, contra la decisión del 14 de julio de 2021, en tanto ordena el lanzamiento anticipado del inmueble objeto de autos.-

  2. Liminarmente, cabe recordar que la circunstancia de la existencia de menores de edad que habitan en el inmueble cuyo lanzamiento se ordenara no constituye un supuesto que torna indispensable la intervención del Ministerio Público Tutelar.-

    Ello por cuanto tal circunstancia no convierte a los menores de edad en parte -demandante o demandada- ni de allí resultan derechos a los bienes en litigio.-

    Nuestro Máximo Tribunal Nacional ha sostenido, en posición compartida por esta Sala,

    que no tiene legitimación el Ministerio Público Tutelar en una acción en la cual se persigue el desalojo de un inmueble en donde habitan menores,

    pues dicho proceso no afecta de manera directa e Fecha de firma: 13/07/2022

    Firmado por: S.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    inmediata intereses de estos últimos, lo que no quiere decir que no merezcan una primordial tutela por parte del Estado a través de las vías legales pertinentes. A su vez, no puede sustentarse la mentada legitimación en el derecho de los niños a una vivienda adecuada, pues ello permitiría inferir...

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