Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 12 de Diciembre de 2018, expediente FSM 008423/2014/CA001

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 8423/2014/CA1 “AMBROGETTI, R.P. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS” – Juzgado Federal de Mercedes, Secretaria Civil Nº -3- CFASM, SALA I, SEC.

CIVIL N° I – SENTENCIA En San Martín, a los días del mes de diciembre de dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los señores Jueces de la Sala I de la Cámara Federal de San Martín, a fin de pronunciarse en los autos caratulados “AMBROGETTI, R.P. c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS”, de conformidad al orden de sorteo, El Dr. M.D.F. dijo:

  1. La ANSeS apela la sentencia. Sus quejas giran en torno a la movilidad, a la aplicación de la ley 27.260, del decreto 807/16, de las resoluciones SSS 6/16 y ANSeS 56/18 y a la procedencia del antecedente “Barrios” del Alto Tribunal en relación al sub lite.

  2. Liminarmente, observo que el Sr.

    1. adquirió su beneficio previsional por haber acreditado exclusivamente servicios autónomos.

    En virtud de ello, con relación a las categorías por las que aportó el accionante y su incidencia en el cómputo del haber, corresponde aplicar al caso el criterio sustentado en “Failembogen, Indy c/ ANSeS s/ reajustes varios”

    (CFSS, S.I., del 11/3/09), donde se decidió que -en atención a la doctrina establecida por la Corte Suprema en el fallo “M.”- para el cómputo del haber del trabajador autónomo debía considerarse la totalidad de los años y categorías efectivamente aportadas -con el fin de que se refleje adecuadamente 1 Fecha de firma: 12/12/2018 Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.J.S., PROSECRETARIO DE CÁMARA -INTERINO-

    En consecuencia, de acuerdo a la forma en que se decide, deviene inoficioso el tratamiento de las protestas relativas a la la aplicación de la ley 27.260, del decreto 807/16 y de las resoluciones SSS 6/16 y ANSES 56/2018.

  3. Ahora bien, el agravio relativo a la movilidad encuentra adecuada respuesta en lo resuelto por esta S. en las causas 16081244/11 “Testa, Dante Santos c/ Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSeS- s/ reajustes varios” -del 22/5/15-

    donde el Tribunal dispuso seguir los lineamientos establecidos por la Corte Federal en los antecedentes “Q.”, “Elliff” y “B.”. Es por ello que corresponde -en lo pertinente y por razones de economía procesal- remitir brevitatis causae a los...

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