Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala III, 13 de Abril de 2012, expediente 13.662

Fecha de Resolución13 de Abril de 2012
EmisorSala III

Causa Nro. 13.662-Sala III-“Á., T. s/ recurso extraordinario”

Cámara Federal de Casación Penal REGISTRO Nro: 436/12

Buenos Aires, 13 de abril de 2012.-

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto a fs. 22/26 por la Defensa Particular.

Y CONSIDERANDO:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor F. General obrantes a fs. 34/5, que este Tribunal comparte y hace suyos en razón de la brevedad, se

RESUELVE:

NO HACER LUGAR al recurso extraordinario deducido por la defensa, con costas (arts. 257, 530 y 531 del C.P.P.N.).

R., hágase saber y remítase al Tribunal de origen, que deberá notificar al imputado lo aquí resuelto. Sirva la presente de atenta nota de envío.

Fdo: L.E.C. y R.M.. Ante mi: W.D.M., P. de Cámara.

ta: Se deja constancia que el doctor E.R.R. no firmó la presente por encontrarse en uso de licencia. Conste. W.D.M.,

P. de Cámara.

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