Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 5 de Diciembre de 2017, expediente CIV 001518/2017/CA001

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I Expte. n° 1518/2017 “A., S.J. c.O.S. de Choferes y Camioneros s.

daños y perjuicios” (J. 100)

Buenos Aires, diciembre 5 de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Se alza la parte demandada contra la sentencia que rechazó su pedido de citación de tercero. El remedio fue sostenido a fs. 102/104 y no fue replicado.

  2. La intervención obligada de terceros legislada en el art. 94 del Código Procesal se configura cuando a pedido de cualquiera de las partes el órgano jurisdiccional dispone la citación de quien se considera que la controversia es común a fin de que participe en el proceso. La fórmula apuntada comprende tres tipos básicos de intervención coactiva; a saber: 1°) la citación del sujeto pasivo de una eventual pretensión regresiva o del colegitimado; 2°) la citación del legitimado para intervenir; 3°) la citación del tercero pretendiente (cfr.

Palacio, Lino E “Derecho Procesal Civil” t ° III, cap. XIX, núm. 270, pág. 247; F., Santiago “Código Procesal Civil y Comercial Anotado y Concordado”, t° I, pág. 336; K., H.E. “La intervención obligada de terceros en el proceso civil” ed. D., núm 20, pág. 51). En suma, la citación obedece a la circunstancia de que existiría entre alguna de las partes originarias y el citado, una relación jurídica que guarda conexión con la causa y con el objeto de la pretensión (Palacio, Lino op. cit, esta sala expte. n° 21.278/2005 ”D.G.L. c/M., C.R. s/ daños y perjuicios” del 26 de junio de 2007).

En el caso la parte actora demandó por los daños y perjuicios que le habría ocasionado la caída en las instalaciones de la demandada, la que atribuye a la mala elección de los materiales de construcción y al estado de mantenimiento del lugar. Demandó al Fecha de firma: 05/12/2017 Alta en sistema: 06/12/2017 Firmado por: PATRICIA E CASTRO - PAOLA M. GUISADO, #29343304#195052056#20171204131547265 establecimiento médico de su obra social y citó en garantía a la aseguradora. La demandada pretende la citación de la prestadora de servicios médicos. El magistrado rechazó el pedido porque al no haberse cuestionado la prestación asistencial no advertía la relación que justificaría una eventual acción de regreso.

La recurrente expresa que la tercera a quien pretende traer al proceso es la contratada para la prestación de los servicios médicos a los afiliados de la demandada. Para ello, la empresa tiene a su cargo la explotación del inmueble como si fuera propio...

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