Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 5 de Octubre de 2016, expediente CNT 050560/2012/CA001

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA II SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: 72405 50560/2012 A.R.P. c/ LATIN ECO S.A. Y OTROS s/DESPIDO En la ciudad de Buenos Aires, a los 5 días del mes de octubre de 2016 siendo las 10.30 hs., comparecen a la audiencia señalada: POR LA PARTE ACTORA: el actor personalmente con DNI 26.571.202 asistido por su letrado apoderado DR.

KLIMBERG, M.A.T.F.C., ya presentado y ratificando el domicilio constituido en autos. POR LAS PARTES CODEMANDADAS: lo hacen los codemandados personalmente S.. Paz, S. con DNI Nº

23.127.148 y L., M.J. con DNI Nº 24.229.225, ambos por sí, asistidos por su letrado apoderado DR. T.C.A.T.F.C., quien comparece también en su calidad de letrado apoderado de las codemandadas Latin Eco SA y Ecoestate SA, ya presentado en tal carácter y con el patrocinio letrado del Dr. R.M.A.T.F., quien se presenta en este acto, ratificando su domicilio constituido en autos ABIERTO EL ACTO POR EL TRIBUNAL: 1) Invitadas las partes a una solución conciliatoria y habiendo realizado las gestiones correspondientes, aquella es posible por lo que solicitan sigan las actuaciones según su estado. 1) La parte actora reajusta su pretensión en la suma de $1.800.000 (pesos un millón ochocientos mil), imputando dicha suma a indemnización por antigüedad, desistiendo de la acción y del derecho respecto de los restantes rubros reclamados; 2) Las DEMANDADAS manifiestan que sin reconocer hechos ni derechos y al sólo efecto conciliatorio aceptan abonar dicha suma de la siguiente manera: en tres pagos iguales y consecutivas de $600.000 (pesos seiscientos mil) cada una, a efectivizarse los días 10/11/16, 12/12/16 y 02/02/2017, todos los pagos mediante depósito judicial 3)

Asimismo, las DEMANDADAS reconocen a la representación y patrocinio letrado de la parte actora en conjunto y por su actuación en ambas instancias, la suma de $360.000 más I.V.A (pesos trescientos sesenta mil) en concepto de honorarios, la que será abonada de la siguiente manera: a cargo de las demandadas y en un pago el día 30/11/16 a efectuarse en estudio y persona del letrado de la parte actora; 4) Entre la actora, y las DEMANDADAS acuerdan que para el supuesto en el cual estas demandadas no abonaren las sumas pactadas precedentemente en las fechas y formas indicadas, pagará un interés diario del Fecha de firma: 05/10/2016 Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR