Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 14 de Septiembre de 2021, expediente CAF 030195/2018/CA001

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

30195/2018

A.G., MARCOS EDUARDO c/ EN-M INTERIOR OP Y V-

DNM s/RECURSO DIRECTO DNM

Buenos Aires, de septiembre de 2021.-RBG

VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada el 14 de abril de 2021, replicado por la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación el 6 de mayo de 2021 y por la Defensora Pública Oficial ante los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 13 de mayo del 2021; contra la sentencia dictada el 26 de marzo de 2021; y CONSIDERANDO:

  1. Que el 26 de marzo de 2021, esta S. hizo lugar al recurso interpuesto por la parte actora y revocó la decisión de grado. En consecuencia, declaró la nulidad de la Disposición N° 68.255/12, su rectificatoria N° 24.878/18 y su confirmatoria N° 70.598/18, por medio de las cuales se había denegado la radicación solicitada, declarado irregular la permanencia del actor en el país y ordenado su expulsión del territorio nacional, junto con la prohibición de reingreso por el término de ocho años.

    Para así decidir, este Tribunal señaló que la situación migratoria del interesado se analizaría de conformidad con el texto original de la Ley N° 25.871, con fundamento en lo resuelto en la causa N° 3061/2017 “Centro de Estudios Legales y Sociales y otros c/ EN-DNM

    s/ Amparo – Ley 16.986”, sentencia del 22 de marzo de 2018; y, en atención a la fecha en la que se había dictado la última sentencia condenatoria sobre el actor (11 de septiembre de 2009).

    En ese marco, se destacó que, toda vez que la condena que había recaído sobre el actor era una pena de 1 año y seis meses de prisión, no se había configurado en la especie la causal objetiva de impedimento para permanecer en el país establecida en el artículo 29,

    inciso c) de la Ley N° 25.871, según el texto anterior a la reforma Fecha de firma: 14/09/2021

    Alta en sistema: 15/09/2021

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: TOMAS BRANDAN, SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    introducida por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2017. Como fundamento, se recordó lo resuelto en el precedente “N.G.A.A. c/ EN- M

    Interior - DNM s/ Recurso Directo DNM” y “C.Q.A.M. c/ EN-DNM-

    (RUILOPEZ) y otro s/ Recurso Directo DNM”, en la que se había debatido una cuestión sustancialmente análoga a la presente, y en atención a la...

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