Alquileres: qué deben tener en cuenta los propietarios a la hora de aceptar una garantía

La elección de la garantía es clave para asegurarse el pago de la deuda ante un incumplimiento

¿Qué pasa si el inquilino no paga? ¿Tener como garantía un seguro de caución permite cobrar más rapido ante una deuda? ¿Cuáles son las ventajas y desventajas de cada una de las opciones de garantía ? Cuando un propietario pone en alquiler un inmueble uno de los temas que generan más inquietudes es el de las garantías. Y, tras la puesta en marcha de la nueva Ley de Alquileres , las dudas se acumulan ante la falta de claridad, en particular la del artículo 13 que abarca esta temática.

Según los especialistas consultados por LA NACION, en el mercado hay diferentes tipos de garantías y todas tiene una "letra chica", a la que tanto propietarios como inquilinos deberían prestar atención antes de decidirse por una de ellas.

Si bien la garantía más conocida es la que presenta la figura de un tercero -que en la nueva Ley aparece como título propietario, es decir la que ofrece una propiedad como garantía-, hay otras cuatro opciones para asegurar la vivienda alquilada , que sólo se aplican para destino vivienda: aval bancario, seguro de caución, de fianzas y garantía personal del inquilino.

En este sentido, la Ley indica que el inquilino debe ofrecer al menos dos opciones y el locador debe aceptar una de ellas.

Una por una, las ventajas y desventajas de las garantías

- Título de Propiedad: Los especialistas coinciden en que la nueva Ley de Alquileres entró en una nebulosa en este punto, ya que no especifica a quién deben corresponder los títulos de propiedad: si al inquilino o a un tercero. "Según como se interprete -que es algo debatido porque la ley no es clara- se trata de personas humanas que a través de todo su patrimonio garantizan la solvencia del locatario ", explica Mariano Esper, especialista en mercado inmobiliario y docente de la UBA y la Universidad Austral a LA NACION. Si bien usualmente esa persona indica una propiedad a su nombre -con determinados requisitos como, por ejemplo, no tener embargos- "es importante tener en cuenta que el individuo que se presenta como garante se compromete con todo su patrimonio; esto quiere decir: todos los bienes que posee al momento de firmar el contrato y aquellos que pueda adquirir a futuro".

En esta línea, si la casa que ofrece no sirve para todas las deudas generadas por el inquilino, el garante deberá pagar con otros bienes (autos, cuentas bancarias, etc).

Enrique Abatti, abogado especializado en derecho...

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