Alquileres: daños recurrentes de la ceguera ideológica

La nueva ley, que altera las reglas de juego entre inquilinos y propietarios, es a todas luces inoportuna, innecesaria y engañosaUna vez más, la política se lanza sobre como si las experiencias pasadas no hubieran causado suficiente mella ya en una transacción entre privados que mucho depende del juego de la oferta y la demanda.Se ha olvidado, o se pretende ocultar, que un exceso en la materia ha paralizado por años la construcción de viviendas con destino a alquiler, con el enorme impacto que esta industria tiene sobre la economía. También se perciben notorios esfuerzos para no admitir que cuantas mayores regulaciones se disponen, más se desalienta la construcción de unidades habitacionales para la renta, con el evidente perjuicio para los locatarios, que son los supuestos beneficiarios de esas mayores regulaciones.Esta flamante modesta en cuanto a su letra, pero contundente en el daño que puede causar, tiene mucho más de demagogia que de efectos prácticos útiles. Introduce cambios supuestamente tendientes a beneficiar a los inquilinos, que podrían terminar en una retracción de la oferta de viviendas en alquiler, como ha sucedido en otras épocas.por cierto, pero su combinación en como el que vivimos amenaza con generar más problemas que soluciones.El plazo mínimo de duración de los contratos se ha extendido de dos a tres años, lo cual no sería grave si se preservara el valor real de los alquileres, pero si se tiene en cuenta que su monto se ajustará anualmente con una combinación del Indice de Precios al Consumidor (IPC) y de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), computado ello con que la tasa de variación anual del IPC en la Argentina, en mayo de 2020, ha sido del 43,4%, es fácil advertir que el valor del alquiler mensual no solo se depreciará a lo largo de 12 meses, sino que luego del primer ajuste anual continuará depreciándose. Ello ocurrirá en virtud de que la combinación de ambos índices difícilmente refleje la auténtica inflación anual. La práctica habitual de ajustar cada seis meses era por lo tanto mucho más realista.También se modificaron las garantías que pretenden asegurar el pago de la renta. A la tradicional garantía inmobiliaria, la propiedad de un tercero, se suman las de fianza o aval bancario y seguros de caución, y se incorporan las llamadas "garantías personales", como el recibo de sueldo y los certificados de ingresos. Pero la mayor novedad se centra en la posibilidad para el...

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