Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 16 de Marzo de 2011, expediente A 70783

PresidenteNegri-de Lázzari-Hitters-Genoud
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2011
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A.70.783 “ALONSO PAZ CAMILA C/ PROVINCIA DE BS. AS. Y OTRO S/ PRETENSION ANULATORIA·. -RECURSO EXTRAORDINARIO DE NULIDAD-”.

La Plata, 16 de marzo de 2011.

AUTOS Y VISTOS:

Los señores Jueces doctores N., de L., Hitters y G. dijeron:

  1. Los actores dedujeron demanda contencioso administrativa contra la Provincia de Buenos Aires y contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires tendiente a ajustar los haberes mensuales que perciben como pasivos. R. para ello que se anule mediante declaración de inconstitucionalidad el art. 21 inc. "b" del decreto 2382/05, por considerarlo en pugna con lo dispuesto en el art. 27 de la ley 13.236, que se ordene a la aludida Caja adecuar los haberes de los accionantes por aplicación del principio de movilidad de las prestaciones, en función de las equivalencias por correlación de niveles salariales, entre el nuevo régimen normado previsto en la ley 13.201 y el regulado en el Decreto-ley 9.550/80, en forma similar al fijado en el art. 21 inc. "a" del decreto 2383/05 para el personal policial del Agrupamiento Comando, en razón de ajustarse a lo determinado en el art. 27 de la ley 13.236 y se ordene el pago de las diferencias que correspondan desde la vigencia del nuevo régimen (fs. 84/90 vta.).

    El Juzgado en lo Contencioso Administrativo n° 3 de La P. desestimó la demanda (fs. 132/138).

    Por su parte, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La P. confirmó tal decisión (fs. 174/179).

    Frente a lo así decidido, la actora interpuso recurso extraordinario de nulidad (fs. 182/184 vta.), el que fue concedido (fs. 186/187).

  2. Al respecto, cabe recordar que la vía prevista en el art. 161 inc. 3 ap. "b" de la Constitución de la Provincia sólo puede fundarse en la omisión de tratamiento de alguna cuestión esencial, en la...

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