Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 29 de Agosto de 2016, expediente CNT 063951/2014/CA001

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 639512014/CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 33921 AUTOS: “ALMEIDA MARIO ANTONIO c/ MOLINA JEAN FRANCO FERNANDO s/ CONSIGNACION” (JUZG. N.. 28).

Buenos Aires, 29 de agosto de 2.016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

1) Que a fs. 11 la Sra. Juez de grado intimó al actor para que acompañe la constancia de haber comparecido y agotada la instancia administrativa conciliatoria (SECLO) bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda, lo que motivo el recurso de revocatoria y de apelación en subsidio interpuesto por aquél a fs. 39/42. A fs.

48, la juzgadora anterior desestimó el pedido de revocatoria pero concedió la apelación en subsidio.

Que se dio intervención al Ministerio Público a fs. 53.

2) Que el Tribunal comparte -y da por reproducidos en homenaje a la brevedad- los fundamentos vertidos por la Sra. Fiscal General Adjunta, M.C.P., en su Dictamen Nº 68.077 de fs. 54/vta., en cuanto debe entenderse excluido a los procesos de pago por consignación judicial el requisito formal de concurrencia ante el SECLO, por lo cual debe dejarse sin efecto la intimación de fs. 11 y continuarse con la substanciación y proceso de cognición del presente conflicto.

3) Que dada la forma de resolver, las costas de...

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