Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 26 de Febrero de 2020, expediente CNT 028526/2019

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

X

SENT. DEF.: EXPTE. Nº: CNT 28526/2019/CA1 (49486)

SALA X

AUTOS: “ALMADA, JUAN CARLOS C/ PROVINCIA ART S.A. S/ QUEJA EXPTE.

ADMINISTRAT.”

Buenos Aires, 26/02/20

El Dr. LEONARDO J. AMBESI dijo:

  1. Llegan los autos a conocimiento de esta alzada, con motivo del recurso interpuesto por el actor (fs. 15/18 vta.) contra el decisorio de la Comisión Médica Central de fecha 06/08/2019 que ratificó la disposición emitida por el servicio de homologación de la Comisión Médica Jurisdiccional.

    Obra acompañado por cuerda el expediente SRT 073268/19 relativo al caso.

    II- El apelante se agravia de lo decidido por la Comisión Médica Central, al entender que se aprobó el procedimiento seguido en origen sin requerirse estudios médicos actualizados, teniendo en cuenta que el actor no refiere dolencias preexistentes, no hay patologías asociadas y su examen preocupacional dio apto, por lo que las dolencias invocadas resultan atribuibles al accidente. Manifiesta que el examen médico fue escueto y que el acta de audiencia médica se encontraba hecha antes de que los profesionales realicen las tareas descriptas en ella. Así, acusa de arbitrario e ilegal el trámite seguido en sede administrativa. Por otra parte, cuestiona por su falta de objetividad a los médicos de la CMJ y plantea la afectación de sus derechos y garantías constitucionales por tratarse la actividad en cuestión de carácter jurisdiccional, siendo que ello resulta una función exclusiva e indelegable del Poder Judicial.

    Por último, descalifica el efecto de cosa juzgada que pueden tener los decisorios administrativos y solicita que se proceda a cuantificar las lesiones sufridas con motivo del accidente denunciado,

    mediante la designación de perito médico legista.

  2. Según surge del relato brindado en el acta de audiencia médica, el trabajador (policía del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), con fecha 05/12/2018 y en ocasión de concurrir a su domicilio en su vehículo particular, fue embestido al encontrarse Fecha de firma: 26/02/2020

    Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    detenido por un automotor, presentando traumatismo en la columna cervical. Fue evaluado por su obra social, donde la efectuaron RX de columna cervical y, efectuada la denuncia ante la ART, le realizaron RMN, 15 sesiones de fisiokinesioterapia, control y alta médica. Con posterioridad...

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