Sentencia de SALA I, 17 de Septiembre de 2015, expediente CCF 016611/2004/CA001

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA N° 16611/2004 – S.

  1. – ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. C/

SADIAL S.R.L. S/ FALTANTE Y/O AVERIA DE CARGA TRANSP TERRESTRE.

Juzgado N° 7 Secretaría N° 13 En Buenos Aires, a los 17 días del mes de septiembre de 2015, se reúnen en Acuerdo los jueces de la S. I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal para dictar sentencia en los autos mencionados en el epígrafe y, de conformidad con el orden de sorteo efectuado, la doctora M.S.N. dijo:

  1. La sentencia de fs. 417/421 admitió la demanda entablada por AGF Allianz Argentina Compañía de Seguros Generales S.A. contra la empresa Sadial S.R.L, con costas. En consecuencia, la condenó al pago de la suma de $95.387 con más los intereses según la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento a treinta días computados desde la fecha en que se efectuó la mediación. Para así decidir, el señor juez a quo, en primer término, tuvo por legitimada a AGF Allianz Argentina Compañía de Seguros Generales S.A. en virtud del pago del siniestro realizado a la empresa S.A. Igra., de conformidad con el art.

    80 de la Ley del Contrato de Seguro.

    En cuanto al fondo, estimó que la parte demandada no había demostrado haber arbitrado los medios necesarios para prevenir y anticipar un eventual robo de la mercadería, adoptando todas las medidas necesarias según las circunstancias para la debida protección y custodia de la carga. Ponderó, en consonancia con la línea jurisprudencial de esta Cámara, que el asalto a camiones para despojarlos de sus cargas, no constituía un acontecimiento imprevisible, sino cosa de todos los días, transformándose en un riesgo propio de la actividad profesional de la empresa transportadora. Por tanto, hizo lugar a la demanda, con imposición de costas a la vencida.

  2. Este decisorio fue apelado por la demandada a fs. 426. Dicho recurso –

    concedido a fs. 427– fue fundado a fs. 437/439 y respondido por la actora a fs. 441/447. También se han interpuesto apelaciones en materia de honorarios a fs. 429, 431 y 439.

  3. La demandada Sadial S.R.L presenta los siguientes agravios: a) el valor del flete y de la prima de seguro eran bajos por el bajo riesgo del transporte, dado por el corto recorrido y por la mercadería específica; b) la misma empresa S.A. Igra suscribió una póliza de seguros con muy baja prima y sin exigencia de custodia satelital o de seguimiento en virtud de la baja probabilidad de robo de la misma. En tal sentido, debe interpretarse que asumió los riesgos; ello significa que AGF Allianz Argentina Compañía de Seguros Generales S.A. no puede tener mejor derecho que su asegurada; y c) la sentencia no hizo lugar a la causal de fuerza mayor irresistible Fecha de firma: 17/09/2015 Firmado por: DE LAS CARRERAS- NAJURIETA-GUARINONI puesto que se trató de un robo a mano armada; insiste en que no puede esperarse que el chofer ponga en riesgo su propia vida mediante actitudes heroicas.

  4. En primer término, debo destacar que en esta instancia no se encuentra cuestionado el robo ocurrido el 10 de febrero de 2004. Según ha detallado el chofer de Tansportes Sadial SRL, señor R.C.A., ese día –a las 8.00 hs.– se constituyó en la Terminal Río de La Plata, dársena n° 1 y 2, Capital Federal, conduciendo el camión marca Chevrolet C60 color blanco dominio VZE 874, con S. marca Montenegro dominio SSD-412. A las 10.00 hs. se procedió a la carga de un container que contenía pallets con resmas de papel, debiendo dirigirse con dicha carga a la empresa S.A. Igra. Según este protagonista de los hechos, mientras circulaba por la calle H., antes de llegar a la autopista –dirección General Paz–, debió detener su marcha por un semáforo con luz roja. En ese momento, una persona de sexo masculino abrió la puerta del vehículo del lado del acompañante y lo abordó con una pistola. El delincuente le indicó

    que acelerara, que evitara todo movimiento y, colocándole el...

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