Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 26 de Octubre de 2017, expediente CSS 028233/2011/CA001

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA DEFINITIVA EXPEDIENTE NRO: 28233/2011 AUTOS: “ALLES JORGE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Buenos Aires, EL DR. R.M.M. DIJO:

  1. Contra la sentencia del Juzgado Federal n° 8 del Fuero, que hizo lugar parcialmente a la demanda de reajuste interpuesta de acuerdo a las pautas que indicó, apeló la demandada.

  2. La recurrente se agravia de las pautas suministradas para la actualización del haber inicial de la PC, la PAP, la PBU y su posterior movilidad, cuestiona la directiva de aplicar los parámetros del precedente “B.” para el reajuste y, finalmente, discrepa con la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241.

  3. En lo que hace a la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia procede confirmar lo resuelto en la anterior instancia toda vez que la sentenciante ha efectuado una correcta aplicación de la doctrina sentada por el Alto Tribunal en los autos “Elliff, A.J.”, donde se consideró actualizar las remuneraciones, a los efectos del cálculo de la P.C., y en su caso de la PAP, hasta la fecha de adquisición del derecho sin la limitación temporal impuesta por la Res. Anses n° 140/95, aplicando el I.S.B.I.C. (promedio general no calificado), que fuera adoptado en la Res Anses n° 63/94.

  4. En lo que respecta a la movilidad, cabe aclarar que la Sra.

    Magistrada actuante en modo alguno ordenó la aplicación de los lineamientos del fallo “B.” para el reajuste, sinó que remitió a los aumentos generales posteriores y al método instrumentado por la ley 26.417.

    Así las cosas, se rechaza el agravio.

  5. En otro orden, y sin perjuicio de lo sostenido por este Tribunal en anteriores oportunidades acerca de la aplicación del precedente “Elliff, A.J. c/Anses s/Reajustes Varios”, sent. del 11/8/09, para la revisión del cómputo inicial de la P.B.U., entre otros, por sentencia nros. 130.084 del 28/4/10 y 133.139 del 10/11/10 recaídas en autos 44353/07 “B.R.A. c/Anses s/Reajustes Varios” y 31787/08 “D.E.E. c/Anses s/Reajustes Varios”, cabe remitirse a lo determinado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 11.11.14 in re “Q.C.A. C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS”, por lo que propiciaré diferir su tratamiento para la etapa de ejecución.

  6. Por otra parte, propicio dejar sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241 contenida en primera instancia, toda vez que, en las actuales circunstancias, no se advierte evidencia alguna que permita sostener que aquellas normas resultan de aplicación al caso de autos y, menos aún, el...

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