Sentencia de SALA 1, 22 de Octubre de 2013, expediente CFP 004936/2013

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2013
EmisorSALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 4936/2013 Causa n° 48.664 “V., O.L. s/ recurso de casación”

Juzgado n° 9 –

Secretaría n° 18 Expte. n° 4936/13 J.. Fed. n° 9 - Sec.

n° 18 Reg. n° 1303 Buenos Aires, 22 de octubre de 2013.

VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Vuelven las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal con motivo del recurso de casación interpuesto a fs. 88/92 por el Dr. O.L.V., contra la resolución de fs. 80/82, por medio de la cual esta Sala resolvió, confirmar el decisorio de primera instancia, en cuanto se desestimó la denuncia y no hizo lugar al pedido de ser parte querellante.

  2. En el caso, entendemos que se hallan satisfechos los requisitos de impugnabilidad objetiva y subjetiva, por lo que la vía intentada resulta admisible.

Con respecto a las exigencias de lugar, tiempo y forma, corresponde señalar que la interposición ha sido tempestiva ante el Tribunal correspondiente y mediante un escrito que satisface los recaudos que hacen a su autosuficiencia y conteniendo clara expresión de la voluntad de impugnar.

Asimismo, cabe señalar que la resolución contra la cual se interpuso el remedio procesal de que se trata es de aquellas pasibles de ser impugnables por la vía, en atención a que se trata de una sentencia equiparable a definitiva, en tanto pone fin a la acción y cierra definitiva e irrevocablemente el proceso en relación a quien se dicta (art. 457 del Código Procesal Penal de la Nación).

En cuanto a la impugnabilidad subjetiva, debe indicarse que el recurso ha sido formulado por quien se halla facultado para hacerlo.

En consecuencia, y teniendo en cuenta la calidad de Tribunal intermedio atribuido a la Cámara Federal de Casación Penal para la decisión de...

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