Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 6 de Julio de 2017, expediente CCF 008595/2016/CA001

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 8.595/16/CA1 “Alimentos y Logística General Argentina S.A. c/ ALG Sports SRL y otro s/ ejecución de convenio –

mediación”

Buenos Aires, 6 de julio de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

El recurso presentado a fs. 52, por los doctores P.A.G. y E.G.G., por considerar bajos los honorarios regulados a fs. 51.

Teniendo en cuenta el mérito, la eficacia y extensión de los trabajos realizados en la ejecución del convenio de mediación y las pautas utilizadas por esta S. en los juicios marcarios sin monto (conf. causas acumuladas n° 7.288/2003 “Valydar S.R.L. c/

Integración Hogar S.A. s/nulidad de marca” Causa n° 3.212/03 “Integración Hogar S.A. c/ Valydar S.R.L. s/ caducidad de marca” y causa n° 5.333/2005 “S., D.E. y otro c/ Maraniello, C.A. s/nulidad de marca, daños y perjuicios”, sentencia del 20.05.2010 y causa n° 8.027/07 “Asociación Argentina de Fomento Equino c/ Selle Argentina SA s/ Cese de Oposición” del 1.7.14), se elevan los honorarios regulados a los doctores P.A.G. y E.G.G. a la suma de pesos OCHO MIL ($ 8.000), para cada uno de ellos (arts. 5, 6, 9, 37 y 40 de la ley 21.839 modificada por la 24.432).

El Dr. G.A.A. no suscribe la...

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