Aviso Oficial Alimenpez Sa, Pedro Moscuzza e Hijos Sa
Fecha de disposición | 12 Abril 2007 |
Fecha de publicación | 12 Abril 2007 |
Sección | Primera Sección - Legislación y Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 31133 |
(2) - Desde el 4 de marzo de 1996 rige un nuevo sistema de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de faena y comercialización de animales y carne de la especie porcina (Resolución General Nro. 4131 de la Dirección General Impositiva) por lo cual los índices referidos a la especie porcina no deben ser utilizados con este propósito.
(3) - Valores calculados de acuerdo a lo establecido en la Disposición ONCCA 5701/05
Nota: a) y b) aplicables a la carne con redestino de exportación a consumo; a las ventas de carnes de exportador a exportador y a las ventas de carnes importadas.
COEFICIENTES ZONALES SIN VARIACION Lic. RUBEN A. CIANI, Director de Mercados Agroalimentarios S.A.G.P. y A.
e. 12/4 Nº 542.730 v. 12/4/2007 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS INFORMA: VALORES INDICES FIJADOS PARA LAS RETENCIONES, PERCEPCIONES Y/O PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PERIODO: 01 AL 10-04-2007
CARNES: (3) $ EX-PLANT-RES VACUNA (1): 826,39
1/2 RES 413,20
Cuartos 206,60
a) Carne c/hueso $ por kg. 3,76
b) Carne s/hueso $ por kg. 6,64
PORCINA (2): (excepto lechones) 257,23
a) Carne c/hueso $ por kg. 2,94
b) Carne s/hueso $ por kg. 3,67
OVINA: 17,00
a) Carne c/hueso $ por kg. 1,07
b) Carne s/hueso $ por kg. 1,34
CAPRINA, LECHONES, MULAS Y BURROS: 22,00
EQUINA: 169,00
a) Carne c/hueso $ por kg. 0,95
b) Carne s/hueso $ por kg. 1, 40 (1) - Desde el 25 de septiembre de 1995 rige un nuevo sistema de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de faena y comercialización de animales y carne de la especie bovina (Resolución General Nro. 4059 de la Dirección General Impositiva) por lo cual los índices referidos a la especie bovina no deben ser utilizados con este propósito.
(2) - Desde el 4 de marzo de 1996 rige un nuevo sistema de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de faena y comercialización de animales y carne de la especie porcina (Resolución General Nro. 4131 de la Dirección General Impositiva) por lo cual los índices referidos a la especie porcina no deben ser utilizados con este propósito.
(3) - Valores calculados de acuerdo a lo establecido en la Disposición ONCCA 5701/05
Nota: a) y b) aplicables a la carne con redestino de exportación a consumo; a...
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